Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #73012 Agradecimientos: 0
    mgl80
    Participante
    8
    noviembre 2010


    BUENOS DÍAS,
    ME SURGE UNA DUDA………..
    ¿SE PUEDE FORMAR A UN TRABAJADOR EN VARIOS PUESTOS DE TRABAJO?

    GRACIAS!!!!

    #432010 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola.

    La formación en PRL debe ser, como mínimo, suficiente y adecuada para que el trabajador sepa cómo evitar y protegerse de los riesgos. A partir de ahí, puedes hacer lo que quieras. Le puedes dar toda la formación que quieras, sin limitación.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #432011 Agradecimientos: 0
    mgl80
    Participante
    8
    noviembre 2010


    BUENOS DÍAS,
    ENTONCES EN EL TEMA DE LOS RECONOCIMIENTOS MÉDICOS QUE SE REFLEJA EL PUESTO DE TRABAJO? EL PROBLEMA QUE SE ME PLANTEA ES EL SIGUIENTE:
    TENGO UN TRABAJADOR FORMADO COMO MONTADOR DE ANDAMIO, VAN A EMPEZAR A TRABAJAR COLOCANDO CUBIERTAS Y CERRAMIENTOS…………LO FORMO EN LA EV. DE RIESGOS DE ANDAMIO Y MONTADOR DE CUBIERTA Y ESTARÍA BIEN??

    SALUDOS Y GRACIAS

    #432012 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    ¡Hola mgl80!

    A ver… no es que puedas formar a un trabajador en riesgos relativos a varios puestos de trabajo, es que DEBES hacerlo, si realiza esos trabajos variados. Ten en cuenta que la LPRL no se refiere a “puesto de trabajo”, sino a los riesgos (de ese puesto/s de trabajo); por lo tanto, si el trabajador está expuesto a 20 riesgos distintos porque hace 20 cosas distintas, pues hay que formarlo respecto a esas 20 cosas.

    Con el tema de los montadores de andamio de los que hablas, ojito, porque si estás metido en el sector de la construcción tendrás que facilitarle la formación reglada por convenio colectivo. Y que por cierto, como el mismo convenio señala, tendrá que ajustarse a tantos oficios como haga el trabajador (en este caso, montador de estructuras tubulares + trabajos en cubiertas como mínimo).

    P.D: lo del reconocimiento médico no sé a qué viene, pero en fin, si tienes alguna duda más, ya sabes…

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #432013 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola. Como te indica el Gran Sirgudlab, siempre hay que dar formación específica a los riesgos de los trabajos que se realicen, sin discriminar si son de un oficio, puesto, etc… distintos.

    Pero si estás en el convenio de la construcción, o en algún otro convenio que regule la formación en su ámbito de aplicación, te puedes encontrar con la exigencia de dar algún tipo de formación concreta.

    Creo que lo de los RRMM lo dices porque se detalla en el certificado de aptitud el puesto de trabajo y los protocolos aplicados, ¿verdad?

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #432014 Agradecimientos: 0
    mgl80
    Participante
    8
    noviembre 2010


    SI, POR ESO LO DIGO, POR QUE SE DETALLA PERFECTAMENTE.

    SALUDOS.

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • El debate ‘ PUESTO DE TRABAJO’ está cerrado y no admite más respuestas.