¡Buenas!
Lo suyo sería que preguntaras a quien te ha facilitado esa relación de requisitos, y que es quien mejor va a saber lo que te está pidiendo.
No obstante, así a bote pronto entiendo que se refiere a formación de prevención dada por la empresa de ese contratista con medios propios (que es una posibilidad que permite el art. 19 de la LPRL). Es decir, formación impartida por un miembro de la empresa, designado por la empresa, y con la capacitación necesaria para ello (por su experiencia, formación, etc.).
Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.