@Goal 0 wrote:
Buenas,
Quisiera aclarar las siguientes dudas:
1. Un SPP en el que hay un ATS puede suministrar medicamentos?
2. Una plataforma elevadora (montacargas) de antes de 1995 qué legislación debe cumplir? Es una plataforma en un edificio (parece un ascensor a la vista, pero es una plataforma). Revisiones?
Gracias
1º depende de las atribuciones que tenga asignado el ATS en el SPP. Normalmente los servicios medicos de empresa (ya se que no es lo mismo, pero unos sustituyen a otros…) daban medicamentos a los trabajadores, incluso compresas en los grandes supermercados a las cajeras, etc. Además, los suministraba gratis la mutua de accidentes….
2º Los montacragas de obra tienen legislación especifica, además del 1215/97. Ojo que en Baleares existe una legislación propia de montacargas de obra. Si te interesa mandame un mp. Un saludo
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