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    octubre 2003


    Hola

    Tengo que calcular el aforo para un plan de emergencias de un recinto deportivo, que norma seguir el Código Técnico de la edificación, CTE, o Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

    Hay que tener en cuenta que el CTE, es mas para recintos con riesgo de incendio y lo que se trata es de evacuar cuanto antes.
    El CTE es más restrictivo.
    Qué opinais?
    O utilizar la norma quediga el ayuntamiento en cuestión?

    Gracias
    Buenas noches

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