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  • #72870 Agradecimientos: 0
    caniche
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    6
    septiembre 2002

    Iniciado

    Una Consultilla, por favor…

    Trabajador con tareas notificadoras para lo cual utiliza motocicleta. Lleva casco pero no guantes ni ninguna chaqueta/ropa protección de motorista ya que la empresa no se los suministró. Se cae y rompe prendas personales.

    Los equipos de protección para medios de transporte no son EPI pero no dejan de ser medidas preventivas por lo que…
    a) ¿debe la empresa proporcionar esos equipos?
    b) ¿debería correr con los gastos de las prendas rotas en el accidente?

    Gracias

    #431248 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Aunque no sean epis, en ningún caso los costes de las medidas preventivas recaerán en el trabajador, por lo que cualquier prenda de protección para la moto debe darla el empresario.
    Respecto de lo de la rotura de ropa personal, es tema de rc. No es ella foro apropiado

    #431249 Agradecimientos: 0
    llumeres
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    15
    junio 2009


    Iniciado

    Prevalencia de las medidas de protección colectiva sobre las individuales por tanto, uso de coche en vez de motocicleta.

    #431250 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola.

    Yo entiendo que, como consecuencia de tener que usar la moto para una cuestión de trabajo, las prendas/ equipos de protección en caso de caída sí pueden ser considerados EPI. Hablamos de proteger un riesgo laboral derivado de una actividad laboral… aunque con la exención del RD 773/1997 creo que se trató de evitar otro tipo de conflictos.

    Pero vamos, si como resultado de la ERL se evalúa el riesgo de caída, que alguien me diga cómo proteger contra abrasiones si no es con una prenda adecuada al efecto. He visto unos cuantos mensajeros accidentados que cayeron al suelo y es espeluznante el efecto de no llevar buena ropa de protección. Yo no lo dudaría.

    Pensemos que en caso de denuncia del trabajador si hay lesiones graves la cosa se puede complicar y mucho si en la ERL se marcaba algún tipo de protección al efecto.

    P.D.: seguro que más de uno ya ha pensado en la palabra mágica que actúa como Sergei Bubka ante la ley…. Aut….

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

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