Hola.
Tema complicado el que señalas. En un tema tan concreto, yo intentaría hablar con fabricante, para ver si tienen alguna solución al respecto.
A bote pronto he encontrado unos enlaces que hablan de esto, no se si los conoces:
Se podría ver si hacen calzado de seguridad con refuerzo limitador de pronación o si se le puede incorporar.
Pero un calzado de seguridad no se debe dejar de utilizar si sigue existiendo el riesgo que justificó su uso. O se elimina el riesgo y con ello se hace innecesario el EPI, o se adapta el trabajo para que ese riesgo no le afecte. Y esa limitación tiene que establecerla el SP, tanto evidenciando las limitaciones que aparecen con el uso del EPI, como determinando las condiciones en las que tiene que hacerse el trabajo.
Saludos
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El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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