Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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  • #72763 Agradecimientos: 0
    pescante
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    junio 2002


    Buenas compañeros,

    ¿viene reflejado en alguna parte de la legislación o jurisprudencia que las reuniones del comité de seguridad y salud se tienen que realizar en centros o lugares de la empresa?
    Ya sé que la lógica dice que evidentemente se realicen en dependencias de las empresas pero quería saber si puedo justificarlo en base a algún criterio legal.

    Muchas gracias de antemano.

    #430715 Agradecimientos: 1
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No existe ninguna condición legal al respecto, al menos en la normativa preventiva. Parece obvio que lo lógico es que la reunión se celebre en el centro de trabajo; pero date cuenta que en una empresa de más de 50 trabajadores con varios centros de trabajo, la reunión no se podrá celebrar en todos los centros a la vez. Quiero decir que no tiene nada que ver.
    Otra cosa es que si la empresa decide celebrar la reunión en un sitio distinto, los gastos de desplazamiento a que de lugar tendrá que abonarlos la empresa.
    Al contrario, un miembro del Comité de empresa no puede negarse a celebrar la reunión en el centro de trabajo, y solicitar hacerla en otro sitio.

    #430716 Agradecimientos: 1
    Histófenes
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    78
    junio 2012


    Maestro

    Hombre, yo propondría en alguna playa de Fuerteventura pero un centro de trabajo también me parece bien…

    ¿Justificación a celebrar en un centro de trabajo? Pues si quieres incluirlo como norma interna, ya tienes legislación laboral…

    #430717 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Por cierto, qué manía es ésa de tener que justificarlo todo, y además legalmente; como si la normativa dijera algo de todo.
    Lo lógico y lo obvio no requiere justificación, máxime cuando el empresario tiene potestad para tomar esa decisión sin tener que justificarla, hombre.

    #430718 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Ni me lo había planteado. Pero en buena lógica, los RRTT tal vez no, pero los representantes de la empresa cuando celebran estas reuniones están en “tiempo de trabajo” (y lógicamente en horario laboral). Es posible irse a un hotel no digo que no, pero lo suyo es que en tiempo de trabajo y en horario laboral se esté en el “lugar de trabajo”. (desplazamientos, conferencias y cursos aparte=

    #430720 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @Histófenes wrote:

    Hombre, yo propondría en alguna playa de Fuerteventura pero un centro de trabajo también me parece bien…

    ¿Justificación a celebrar en un centro de trabajo? Pues si quieres incluirlo como norma interna, ya tienes legislación laboral…

    No hace falta ir muy lejos (bueno, un poquillo atrás en el tiempo sí…), había reuniones de comisiones de control de bancos que se hacían en la India o Tailandia a gastos pagados 👿 👿 👿 👿 👿 es que me enciendo….

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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