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    DONOSO91
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    marzo 2014


    Buenos días a todos,

    Mi primera publicación en esta pagina, soy nuevo en el mundillo de la seguridad y me gustaría haber si me puede aclarar alguien un tema que me ha venido a la cabeza sin mas.

    La cuestión esta en si un técnico de prevención de riesgos laborales, da igual a nivel intermedio o superior, esta capacitado legalmente hablando para llevar cualquier tipo de maquinaria, sea carretillas elevadoras, dumper, plataformas…ya que nosotros mismos somos los que impartimos esa formación o si por el contrario también tendríamos que realizar el curso en algún centro adecuado para tal.
    Por una parte pienso que mas formación no nos podrán dar aunque si no tenemos ni idea de utilizar la maquinaria, la parte practica si que nos vendría bien.

    gracias a todos espero salir de dudas.

    saludos

    #430555 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
    Participante
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola, en primer lugar, bienvenido.

    Yo te comento que esto se ha tratado ampliamente, pero que la idea en general es que la formación que uno tenga debe ser suficiente y adecuada a lo que se necesita. Me explico.

    Yo no se manejar bien una carretilla pero paradójicamente tengo potestad legal para impartir la formación en PRL que sea de lo que sea. ¿Qué hago si me toca impartir formación en este área? Pues que me llevo a un especialista en el manejo de la máquina y verifico que se cumplen las pautas y normas que nos señala la norma y luego se certifica este extremo. Se hace formación teórica y práctica, tanto para cubrir el art. 19 de la Ley PRL como el RD 1215/97.

    A veces pasa que un trabajador ha hecho de manera autodidacta una formación extensa que hace que sepa más que nadie sobre el manejo de un equipo de trabajo, pero seguro que no ha hecho formación reglada o regulada en PRL. En ese caso, esta formación sería la que hiciese falta. Aunque se redunde en cosas que supuestamente ya sabe, al menos así queda acreditado.

    Espero haberte ayudado y no liarte.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #430557 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
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    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Por mucho que sepas cómo manejar una carretilla elevadora, que ya es mucho, o la mayoría de medidas preventivas a tomar frente a la mayoría de problemas genéricos que te puedes encontrar, es imposible que sepas, antes de empezar a trabajar en una empresa, si la velocidad máxima permitida es x, que si “en ese final de carrera cuidado que no hay mucha visibilidad y hay que reducir la velocidad a la mitad que lo pone en ese cartel, ¿ves?”, que la estantería roja tiene un máximo de carga de y porque es sólo para los embalajes mientras que las bobinas de hierro solo pueden ir en la estantería verde porque resiste más peso, que si las llaves están en el armario del encargado y cuando acabes tu turno las tienes que devolver (jamás de los jamases se dejan en el contacto, eso en todas las empresas…) que si fulanito de tal y menganito están autorizados a conducir la máquina y si te la piden la puedes dejar pero a zotanito no que no tiene autorización para llevarla… eso es precisamente lo que debe contener la formación según el art. 19 de la LPRL y el RD 1215/97, y eso no se aprende más que en el propio centro de trabajo en el que se va a desarrollar la actividad.

    Por tanto, los técnicos estaremos autorizados a llevar una carretilla elevadora en el patio de nuestra casa 😆 😆 pero en un centro de trabajo concreto, no hasta que hayamos recibido la formación e información referente al manejo de esa carretilla en particular dentro de ese centro de trabajo particular.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #430556 Agradecimientos: 2
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No existe respuesta a tu pregunta, porque no existe esa capacitación legal para conducir carretillas.
    La normativa no exige ninguna formación específica para ello. Tan solo se exige saber manejarla, es decir, tener una formación teórica y práctica en su manejo; pero no solo desde el punto de vista preventivo, sino desde el punto de vista operativo.
    Por lo tanto, legalmente es el empresario (en cada caso) el que asume la decisión de autorizarte a manejar tal o cual máquina.
    Y eso no tiene ABSOLUTAMENTE NADA QUE VER con tu formación como TPRL, que no convalida nada.
    El empresario tendrá que verificar que sabes manejar una carretilla, y autorizarte a su manejo.

    P.D: Independientemente del caso particular, espero que ningún TPRL piense que sabe de todo. EL hecho de dar formación sobre riesgo eléctrico, no implica que sepas de electricidad, el hecho de dar formación sobre ergonomía en oficiinas, no quiere decir que seas decorador de interiores. Por favor, la prevención es un aspecto más de la formación integral del profesional que ocupa un determinado puesto de trabajo.

    #430559 Agradecimientos: 0
    DONOSO91
    Participante
    2
    marzo 2014


    Estoy totalmente de acuerdo contigo DELOCOS, pero me rondaba por la cabeza si dentro de lo legal estaría bien.
    Aclaradas todas las dudas, gracias a todos por contestar.

    Y ahora no entra en este Asunto y es desviarse del tema, pero quería comentar algo, en una obra que estoy trabajando, el TPRL que se encarga de la seguridad de la obra me comento el otro día, un empresario le mando un trabajador con el recurso preventivo y 6h en movimientos de tierra, se ve que según el encargado de la obra este trabajador, no tenia una labor especifica, sino que haría lo que saliera, trabajos específicos de encofrado y tal como cualquier historia. El TPRL le comento al empresario que no lo podía dejar entrar en obra sino se sacaba la formación especifica de 6h de encofrados.
    Yo considero que es lo correcto ya que si el encargado de la obra comunica que puede hacer trabajos de encofrador, si no tiene la formación como que no… ¿Qué pensáis?? podría haber entrado en la obra solo con las 60H y las 6H de movimiento de tierras??

    #430561 Agradecimientos: 0
    DONOSO91
    Participante
    2
    marzo 2014


    @ventamina wrote:

    @DONOSO91 wrote:

    Estoy totalmente de acuerdo contigo DELOCOS, pero me rondaba por la cabeza si dentro de lo legal estaría bien.
    Aclaradas todas las dudas, gracias a todos por contestar.

    Y ahora no entra en este Asunto y es desviarse del tema, pero quería comentar algo, en una obra que estoy trabajando, el TPRL que se encarga de la seguridad de la obra me comento el otro día, un empresario le mando un trabajador con el recurso preventivo y 6h en movimientos de tierra, se ve que según el encargado de la obra este trabajador, no tenia una labor especifica, sino que haría lo que saliera, trabajos específicos de encofrado y tal como cualquier historia. El TPRL le comento al empresario que no lo podía dejar entrar en obra sino se sacaba la formación especifica de 6h de encofrados.
    Yo considero que es lo correcto ya que si el encargado de la obra comunica que puede hacer trabajos de encofrador, si no tiene la formación como que no… ¿Qué pensáis?? podría haber entrado en la obra solo con las 60H y las 6H de movimiento de tierras??

    Punto 1.-NO HAY FORMACION DE RECURSO PREVENTIVO. Lo UNICO QUE HAY en una formación capacitante para el desempeño de funciones de RECURSO PREVENTIVO de diferentes niveles (B, I y S). Será la ERL la que determine qué NIVEL es precesio para estar PRESENTE en el caso de que sea preciso.

    Punto 2.- ¿NO estamos hablando de un trabajador DESIGNADO a ESTAR PRESENTE para llevar a cabo las funciones de RP en la Obra? Entonces, ¿qué hace poniendo armaduras?

    Punto 3.- Suponiendo que actúe como trabajador… pues mira, lo que debe tener es la formación ESPECIFICA de SUS RIESGOS, conforme a la ERL e impartida por la modalidad preventiva que tenga asignada a esa actividad preventiva según el Plan de PRevención de la empresa, de acuerdo al artículo 19 de LPRL. La formación de las FAMOSAS 6 horas NO son necesariamente la misma que la de SUS riesgos…porque esa foramción esta CERRADA según un PATRON que NO siempre se adapta a los RIESGOS REALES del trabajador.

    Punto 4.- Como que el encargado de la obra es el que decide lo que hace ese trabajador???? A ver, el empresario ¿qué ha dicho? ¿no ha desigando a ESE trabajador para estar PRESENTE en los tajos que precise su presencia para actuar como recurso preventivo?

    Punto 5.- ESE TPRL ””que se encarga de la seguridad”” ¡¡¡¡YA ES un RECURSO PREVENTIVO!!!!!… otra cosa es que quiera pensar que es JEFE de noséqué (que también puedes serlo) por tanto, si el encargado de obra va diciendo lo que ”’otros”’ deben hacer…. que Dios los pille confesados…porque casi me veo ya al TPRL poniendo vallas….

    A ver, pienso que te estas iendo por las ramas..

    Punto 1. Cuando digo formación de Recurso preventivo, igual me explicado mal, me refiero a las 60H de nivel básico de PRL (pensaba que se entendería).

    Punto 2. Nadie ha dicho que el trabajador en si iba ha realizar la labor de Recurso Preventivo (sino que tenia esa formación, “60H”)

    Punto 3. Cuando se habla de la formación de las 6h de la especialidad que sea, es un estándar que debe tener un trabajador para entrar en obra, un encofrador para poder entrar en una obra a trabajar, deberá tener la parte común + la especifica, ya sea las antiguas 8H con las 20 de especialidad, las 60H con las 6h de especialidad, o 60h y 20h. Claro que toda esta formación no es la especifica de sus riesgos en esa obra en concreto, para eso se le tendrá que dar la información antes de entrar en obra, pero yo te hablo de lo MINIMO GENERAL de formación para poder entrar en obra.

    Punto 4. Es muy sencillo esto, el encargado de la obra le ha salido mas trabajo y le pide al empresario que le mande un trabajador para cubrir sus necesidades, necesidades que han salido en la obra. vuelvo a repetir que nadie ha dicho que vaya a trabajar como recurso preventivo.

    Punto 5. Creo que con todo lo comentado ya esta contestado este punto.

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