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  • #72580 Agradecimientos: 0
    mgl80
    Participante
    8
    noviembre 2010


    buenas tardes,
    tengo los servicios contratados por un SPA, me realiza una programación de actividades preventivas y una programación de medidas preventivas propuestas por ellos, mi pregunta es……..tengo que realizar una programación de medidas preventivas propuestas por la empresa, o es suficiente con la que propone el SPA??, tengo que plantearme los objetivos y metas por parte de la empresa o basta con lo establecido por el SPA???

    gracias.

    #429439 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @mgl80 wrote:

    buenas tardes,
    tengo los servicios contratados por un SPA, me realiza una programación de actividades preventivas y una programación de medidas preventivas propuestas por ellos, mi pregunta es……..tengo que realizar una programación de medidas preventivas propuestas por la empresa, o es suficiente con la que propone el SPA??, tengo que plantearme los objetivos y metas por parte de la empresa o basta con lo establecido por el SPA???

    gracias.

    Perdona una pregunta ¿ y tú qué puesto ocupas en esto de la PRL? lo digo por orientarte mejor en los pasos que debas tomar….

    Vamos a ver, El SPA te hace una planificación anual de la actividad preventiva (PAAP), y la primera obligación del empresario es validarla, es decir, revisarla y pedir aclaraciones al SPA si procede.

    Lo segundo es completar los campos sin rellenar. Es decir, una PAAP es un documento que debe tener 6 apartados:
    1º Medidas Preventivas (concretas)
    2º Responsables
    3º Plazos
    4º Prioridades
    5º Presupuesto
    6º Seguimiento o control

    para ello y si existen los Delegados de Prevención, deben ser consultados y tienen derecho a participar en ello.

    También se debería preguntar al SPA que os diga si se debe hacer algo más para integrar la PRL en ese año y debería responder por escrito….

    En caso contrario, desde la empresa y con conocimiento del tema, debereis plantearos un plan de integración de la PRL, si no esta ya incluido en el PPRL (plan de prevención de riesgos laborales) y llevar a cabo las acciones que sean necesario (además de las indicadas en la PAAP del SPA).

    Pero cualquier duda al respecto, sigue preguntando. Por cierto, recordar que el empresario es el responsable de ello y meter la cabeza en el suelo como las avestruces no solucionará nada y tampoco librará de decir “es que no lo sabia” o “no me lo ha dicho el SPA”

    Un saludo

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #429440 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Creo que hay un error muy grave de fondo, ¿Qué es eso de que el SPA por un lado y la empresa por otro?¿Acaso el SPA no trabaja para la empresa?

    La programación de actividades preventivas no es un documento que elabore el SPA de forma independiente. La empresa debe liderar la elaboración de sus contenidos, aunque sea el SPA quien asesore en cómo hacerlo, e incluso lógicamente tome decisiones en cuanto a las prioridades en la ejecución de las medidas preventivas, y cuáles tomar; pero siempre en conjunto con el empresario. Es algo inaudito que haya 2 programaciones distintas.

    Va en contra del espíritu de la ley, y supone un nulo entendimiento de lo que ésta dice. Obviamente me refiero al SPA, que es el que se supone que tiene que saber esto. Otra cosa es que a los TPRL del SPA, les sea más cómodo redactar un informe y espetárselo a la empresa, sin más.

    #429441 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @De locos wrote:

    Creo que hay un error muy grave de fondo, ¿Qué es eso de que el SPA por un lado y la empresa por otro?¿Acaso el SPA no trabaja para la empresa?

    Pues si, tienes toda la razón. El “espiritu de la Ley” es eso. ¿pero cuál es la realidad, por desgracia ? Un SPA que lo más normal es que aparezca por la empresa 4 veces al año, media hora cada vez y cuya PAAP solo pone medidas genericas copy-paste de un manual de PRL…. y por otro lado, tambien lo más normal es que el empresario…. ni caso. Paga cada mes y ya esta cubierto…. si hay algún problema con la ITSS, ya irá el SPA para eso se les paga!!!!!

    La programación de actividades preventivas no es un documento que elabore el SPA de forma independiente. La empresa debe liderar la elaboración de sus contenidos, aunque sea el SPA quien asesore en cómo hacerlo, e incluso lógicamente tome decisiones en cuanto a las prioridades en la ejecución de las medidas preventivas, y cuáles tomar; pero siempre en conjunto con el empresario. Es algo inaudito que haya 2 programaciones distintas.

    Pues lo dicho, la empresa no lidera nada y el SPA menos….triste pero cierto en muchos casos, no todos.

    Va en contra del espíritu de la ley, y supone un nulo entendimiento de lo que ésta dice. Obviamente me refiero al SPA, que es el que se supone que tiene que saber esto. Otra cosa es que a los TPRL del SPA, les sea más cómodo redactar un informe y espetárselo a la empresa, sin más.

    Pue zi, asin e!!!!! 😀 😆 😛 😉

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #429442 Agradecimientos: 0
    mgl80
    Participante
    8
    noviembre 2010


    @caragola wrote:

    @De locos wrote:

    Creo que hay un error muy grave de fondo, ¿Qué es eso de que el SPA por un lado y la empresa por otro?¿Acaso el SPA no trabaja para la empresa?

    Pues si, tienes toda la razón. El “espiritu de la Ley” es eso. ¿pero cuál es la realidad, por desgracia ? Un SPA que lo más normal es que aparezca por la empresa 4 veces al año, media hora cada vez y cuya PAAP solo pone medidas genericas copy-paste de un manual de PRL…. y por otro lado, tambien lo más normal es que el empresario…. ni caso. Paga cada mes y ya esta cubierto…. si hay algún problema con la ITSS, ya irá el SPA para eso se les paga!!!!!

    La programación de actividades preventivas no es un documento que elabore el SPA de forma independiente. La empresa debe liderar la elaboración de sus contenidos, aunque sea el SPA quien asesore en cómo hacerlo, e incluso lógicamente tome decisiones en cuanto a las prioridades en la ejecución de las medidas preventivas, y cuáles tomar; pero siempre en conjunto con el empresario. Es algo inaudito que haya 2 programaciones distintas.

    Pues lo dicho, la empresa no lidera nada y el SPA menos….triste pero cierto en muchos casos, no todos.

    Va en contra del espíritu de la ley, y supone un nulo entendimiento de lo que ésta dice. Obviamente me refiero al SPA, que es el que se supone que tiene que saber esto. Otra cosa es que a los TPRL del SPA, les sea más cómodo redactar un informe y espetárselo a la empresa, sin más.

    Pue zi, asin e!!!!! 😀 😆 😛 😉

    @caragola wrote:

    @De locos wrote:

    Creo que hay un error muy grave de fondo, ¿Qué es eso de que el SPA por un lado y la empresa por otro?¿Acaso el SPA no trabaja para la empresa?

    Pues si, tienes toda la razón. El “espiritu de la Ley” es eso. ¿pero cuál es la realidad, por desgracia ? Un SPA que lo más normal es que aparezca por la empresa 4 veces al año, media hora cada vez y cuya PAAP solo pone medidas genericas copy-paste de un manual de PRL…. y por otro lado, tambien lo más normal es que el empresario…. ni caso. Paga cada mes y ya esta cubierto…. si hay algún problema con la ITSS, ya irá el SPA para eso se les paga!!!!!

    La programación de actividades preventivas no es un documento que elabore el SPA de forma independiente. La empresa debe liderar la elaboración de sus contenidos, aunque sea el SPA quien asesore en cómo hacerlo, e incluso lógicamente tome decisiones en cuanto a las prioridades en la ejecución de las medidas preventivas, y cuáles tomar; pero siempre en conjunto con el empresario. Es algo inaudito que haya 2 programaciones distintas.

    Pues lo dicho, la empresa no lidera nada y el SPA menos….triste pero cierto en muchos casos, no todos.

    Va en contra del espíritu de la ley, y supone un nulo entendimiento de lo que ésta dice. Obviamente me refiero al SPA, que es el que se supone que tiene que saber esto. Otra cosa es que a los TPRL del SPA, les sea más cómodo redactar un informe y espetárselo a la empresa, sin más.

    Pue zi, asin e!!!!! 😀 😆 😛 😉

    @caragola wrote:

    @mgl80 wrote:

    buenas tardes,
    tengo los servicios contratados por un SPA, me realiza una programación de actividades preventivas y una programación de medidas preventivas propuestas por ellos, mi pregunta es……..tengo que realizar una programación de medidas preventivas propuestas por la empresa, o es suficiente con la que propone el SPA??, tengo que plantearme los objetivos y metas por parte de la empresa o basta con lo establecido por el SPA???

    gracias.

    Perdona una pregunta ¿ y tú qué puesto ocupas en esto de la PRL? lo digo por orientarte mejor en los pasos que debas tomar….

    Vamos a ver, El SPA te hace una planificación anual de la actividad preventiva (PAAP), y la primera obligación del empresario es validarla, es decir, revisarla y pedir aclaraciones al SPA si procede.

    Lo segundo es completar los campos sin rellenar. Es decir, una PAAP es un documento que debe tener 6 apartados:
    1º Medidas Preventivas (concretas)
    2º Responsables
    3º Plazos
    4º Prioridades
    5º Presupuesto
    6º Seguimiento o control

    para ello y si existen los Delegados de Prevención, deben ser consultados y tienen derecho a participar en ello.

    También se debería preguntar al SPA que os diga si se debe hacer algo más para integrar la PRL en ese año y debería responder por escrito….

    En caso contrario, desde la empresa y con conocimiento del tema, debereis plantearos un plan de integración de la PRL, si no esta ya incluido en el PPRL (plan de prevención de riesgos laborales) y llevar a cabo las acciones que sean necesario (además de las indicadas en la PAAP del SPA).

    Pero cualquier duda al respecto, sigue preguntando. Por cierto, recordar que el empresario es el responsable de ello y meter la cabeza en el suelo como las avestruces no solucionará nada y tampoco librará de decir “es que no lo sabia” o “no me lo ha dicho el SPA”

    Un saludo

    buenos días, yo soy el TPRL de la empresa, yo siempre he estado en obra, de la documentación se encargaba un compañero que fue despedido, así que estoy un poco perdida, por parte del SPA tengo la Programación de Actividades Preventivas, la valoración de la efectividad y el programa de medidas preventivas, las metas y objetivos están en un formato en blanco.

    saludos.

    #429438 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
    77
    193
    junio 2004


    Experto

    @mgl80 wrote:

    buenos días, yo soy el TPRL de la empresa, yo siempre he estado en obra, de la documentación se encargaba un compañero que fue despedido, así que estoy un poco perdida, por parte del SPA tengo la Programación de Actividades Preventivas, la valoración de la efectividad y el programa de medidas preventivas, las metas y objetivos están en un formato en blanco.

    saludos.

    Hola mgl80,

    En cuanto a la programación de actividades preventivas lo normal es que la empresa y el SPA estén de acuerdo. Además, lo realizan al principio de cada anualidad y pueden variar las actividades previstas inicialmente. En principio yo no me preocuparía demasiado por ese documento.

    Lo que sí te aconsejo es que leas bien tanto la Evaluación de Riesgos que te facilitan como la PROPUESTA de Planificación Preventiva de tu SPA pues es eso, una propuesta inicial pero que, de no decirles nada en contra, entiendo que por silencio de la empresa se podría entender como un conforme de la misma (por tanto, tuyo) y acabar como una Planificación de la Actividad Preventiva definitiva, y deberás cumplir con el seguimiento de todo lo que se indique en ella (salvo acuerdos de modificación con tu SPA que puedas solicitar a lo largo del año). Ten en cuenta que tu SPA puede solicitarte en su propuesta mucho más de las obligaciones legales mínimas: cursos presenciales recomendables, pero no obligatorios (que ellos imparten), evidencias o justificaciones documentales que registren “cada paso que das“, convirtiendo la PRL en un camino de papeles. Teniendo en cuenta que probablemente serás tú quien realice el seguimiento de dicha planificación y que hay un orden de plazos y prioridades en cada medida correctiva/preventiva que se refleje en ella, yo me cuidaría mucho de aceptar su PROPUESTA por completo.

    Por otro lado, tal vez te digan que ellos lo que hacen es una propuesta y que la empresa es libre de modificarla. Respecto a esto, en mi opinión (y me gustaría conocer más opiniones de otros compañeros) no lo veo tan claro. Ellos asesoran, cierto. Pero si modificas y eliminas contenidos de una Propuesta Aceptada, estarías eliminando medidas preventivas sin su conocimiento y, caso de accidente, tendrías problemas… es más, incluso te podrían llegar a solicitar no solo TU planificación “modificada”, sino también la propuesta original de tu SPA … y comparar ambas. Por tanto, caso de querer modificar algo, yo lo solicitaría por escrito y con el conforme de tu SPA o, mejor aún, una planificación nueva. Esto ya se parece más a una integración preventiva, y no que te endosen lo que quieran.

    En cuanto a la valoración de la efectividad o “valoración de la integración preventiva”, es un documento obligatorio por su parte y te lo tienen que dar, indicando si dicha integración es o no adecuada.

    Respecto al tema de metas y objetivos, a mi me suena esto más a OHSAS, ¿es así?

    Saludos

    #429437 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
    77
    193
    junio 2004


    Experto

    @ventamina wrote:

    @mgl80 wrote:

    buenos días, yo soy el TPRL de la empresa, yo siempre he estado en obra, de la documentación se encargaba un compañero que fue despedido, así que estoy un poco perdida, por parte del SPA tengo la Programación de Actividades Preventivas, la valoración de la efectividad y el programa de medidas preventivas, las metas y objetivos están en un formato en blanco.

    saludos.

    Por partes, ¿qué modalidad preventiva ha elegido el empresario para esa empresa? Porque si dices que ””eres”” el técnico de prevención de LA EMPRESA, puedo entender que FORMAS PARTE de la modalidad preventiva de ESA empresa y que ha elegido una modalidad de MEDIOS PROPIOS. Si ha elegido la modalidad de MEDIOS AJENOS, (o sea, SPA), entonces TU NO eres ””el técnico de prevención de LA EMPRESA””. Es que es importante porque la diferencia LEGAL es enorme entre una situación y otra.

    Disculpa Ventamina, pero el hecho de que diga de que es el TPRL de la empresa no lo convierte en absoluto que forme parte de la modalidad preventiva de la empresa (según RD 39/97). Así pues, puede tener concertadas las cuatro especialidades preventivas con un SPA y no ser Trabajador Designado de la misma. Será el técnico de prevención de la empresa que ejercerá, no como técnico, pero sí como coordinador de prevención de la empresa y su SPA, como responsable de prevención, jefe de seguridad o como quieras llamarlo.

    En mi opinión y por lo que cuenta mgl80 se estaba refiriendo a que le han encargado de la gestión de la prevención de la empresa y de todo aquello relacionado con la prevención de la misma y que no sea una actividad exclusiva u obligada para el SPA
    Saludos.

    #429444 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Vintces C C wrote:

    @mgl80 wrote:

    buenos días, yo soy el TPRL de la empresa, yo siempre he estado en obra, de la documentación se encargaba un compañero que fue despedido, así que estoy un poco perdida, por parte del SPA tengo la Programación de Actividades Preventivas, la valoración de la efectividad y el programa de medidas preventivas, las metas y objetivos están en un formato en blanco.

    saludos.

    Hola mgl80,

    En cuanto a la programación de actividades preventivas lo normal es que la empresa y el SPA estén de acuerdo. Además, lo realizan al principio de cada anualidad y pueden variar las actividades previstas inicialmente. En principio yo no me preocuparía demasiado por ese documento.

    Lo que sí te aconsejo es que leas bien tanto la Evaluación de Riesgos que te facilitan como la PROPUESTA de Planificación Preventiva de tu SPA pues es eso, una propuesta inicial pero que, de no decirles nada en contra, entiendo que por silencio de la empresa se podría entender como un conforme de la misma (por tanto, tuyo) y acabar como una Planificación de la Actividad Preventiva definitiva, y deberás cumplir con el seguimiento de todo lo que se indique en ella (salvo acuerdos de modificación con tu SPA que puedas solicitar a lo largo del año). Ten en cuenta que tu SPA puede solicitarte en su propuesta mucho más de las obligaciones legales mínimas: cursos presenciales recomendables, pero no obligatorios (que ellos imparten), evidencias o justificaciones documentales que registren “cada paso que das“, convirtiendo la PRL en un camino de papeles. Teniendo en cuenta que probablemente serás tú quien realice el seguimiento de dicha planificación y que hay un orden de plazos y prioridades en cada medida correctiva/preventiva que se refleje en ella, yo me cuidaría mucho de aceptar su PROPUESTA por completo.

    Por otro lado, tal vez te digan que ellos lo que hacen es una propuesta y que la empresa es libre de modificarla. Respecto a esto, en mi opinión (y me gustaría conocer más opiniones de otros compañeros) no lo veo tan claro. Ellos asesoran, cierto. Pero si modificas y eliminas contenidos de una Propuesta Aceptada, estarías eliminando medidas preventivas sin su conocimiento y, caso de accidente, tendrías problemas… es más, incluso te podrían llegar a solicitar no solo TU planificación “modificada”, sino también la propuesta original de tu SPA … y comparar ambas. Por tanto, caso de querer modificar algo, yo lo solicitaría por escrito y con el conforme de tu SPA o, mejor aún, una planificación nueva. Esto ya se parece más a una integración preventiva, y no que te endosen lo que quieran.

    En cuanto a la valoración de la efectividad o “valoración de la integración preventiva”, es un documento obligatorio por su parte y te lo tienen que dar, indicando si dicha integración es o no adecuada.

    Respecto al tema de metas y objetivos, a mi me suena esto más a OHSAS, ¿es así?

    Saludos

    Estoy de acuerdo; pero ojo porque la PAP no es un documento sin importancia; probablemente es el documento con más importancia de la empresa, aún mucho más que la propia evaluación de riesgos, que solo es un paso inicial para llegar a la PAP.
    Y si ésta la redacta el SPA a su p… bola, entonces puede estar poniendo a la empresa a los pies de los caballos.
    Ojo: NO ES UNA SIMPLE RECOMENDACIÓN que luego la empresa puede seguir o no; ya que en caso de no hacerlo, tendrá que dar muchísimas explicaciones de por qué obvio esas recomendaciones.
    La PAP es de la empresa y el SPA debe recomendar (también es cierto que sin sucumbir a todos los deseos de la empresa) y apoyarla, aportando su criterio legal y técnico. La PAP debe ser parida como un documento de consenso, que luego ambos tirarán hacia delante.
    El que sea moneda común no hacerlo así, es problema de quien lo haga; no mío.

    #429445 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
    77
    193
    junio 2004


    Experto

    @De locos wrote:

    @Vintces C C wrote:

    @mgl80 wrote:

    buenos días, yo soy el TPRL de la empresa, yo siempre he estado en obra, de la documentación se encargaba un compañero que fue despedido, así que estoy un poco perdida, por parte del SPA tengo la Programación de Actividades Preventivas, la valoración de la efectividad y el programa de medidas preventivas, las metas y objetivos están en un formato en blanco.

    saludos.

    Hola mgl80,

    En cuanto a la programación de actividades preventivas lo normal es que la empresa y el SPA estén de acuerdo. Además, lo realizan al principio de cada anualidad y pueden variar las actividades previstas inicialmente. En principio yo no me preocuparía demasiado por ese documento.

    Lo que sí te aconsejo es que leas bien tanto la Evaluación de Riesgos que te facilitan como la PROPUESTA de Planificación Preventiva de tu SPA pues es eso, una propuesta inicial pero que, de no decirles nada en contra, entiendo que por silencio de la empresa se podría entender como un conforme de la misma (por tanto, tuyo) y acabar como una Planificación de la Actividad Preventiva definitiva, y deberás cumplir con el seguimiento de todo lo que se indique en ella (salvo acuerdos de modificación con tu SPA que puedas solicitar a lo largo del año). Ten en cuenta que tu SPA puede solicitarte en su propuesta mucho más de las obligaciones legales mínimas: cursos presenciales recomendables, pero no obligatorios (que ellos imparten), evidencias o justificaciones documentales que registren “cada paso que das“, convirtiendo la PRL en un camino de papeles. Teniendo en cuenta que probablemente serás tú quien realice el seguimiento de dicha planificación y que hay un orden de plazos y prioridades en cada medida correctiva/preventiva que se refleje en ella, yo me cuidaría mucho de aceptar su PROPUESTA por completo.

    Por otro lado, tal vez te digan que ellos lo que hacen es una propuesta y que la empresa es libre de modificarla. Respecto a esto, en mi opinión (y me gustaría conocer más opiniones de otros compañeros) no lo veo tan claro. Ellos asesoran, cierto. Pero si modificas y eliminas contenidos de una Propuesta Aceptada, estarías eliminando medidas preventivas sin su conocimiento y, caso de accidente, tendrías problemas… es más, incluso te podrían llegar a solicitar no solo TU planificación “modificada”, sino también la propuesta original de tu SPA … y comparar ambas. Por tanto, caso de querer modificar algo, yo lo solicitaría por escrito y con el conforme de tu SPA o, mejor aún, una planificación nueva. Esto ya se parece más a una integración preventiva, y no que te endosen lo que quieran.

    En cuanto a la valoración de la efectividad o “valoración de la integración preventiva”, es un documento obligatorio por su parte y te lo tienen que dar, indicando si dicha integración es o no adecuada.

    Respecto al tema de metas y objetivos, a mi me suena esto más a OHSAS, ¿es así?

    Saludos

    Estoy de acuerdo; pero ojo porque la PAP no es un documento sin importancia; probablemente es el documento con más importancia de la empresa, aún mucho más que la propia evaluación de riesgos, que solo es un paso inicial para llegar a la PAP.
    Y si ésta la redacta el SPA a su p… bola, entonces puede estar poniendo a la empresa a los pies de los caballos.
    Ojo: NO ES UNA SIMPLE RECOMENDACIÓN que luego la empresa puede seguir o no; ya que en caso de no hacerlo, tendrá que dar muchísimas explicaciones de por qué obvio esas recomendaciones.
    La PAP es de la empresa y el SPA debe recomendar (también es cierto que sin sucumbir a todos los deseos de la empresa) y apoyarla, aportando su criterio legal y técnico. La PAP debe ser parida como un documento de consenso, que luego ambos tirarán hacia delante.
    El que sea moneda común no hacerlo así, es problema de quien lo haga; no mío.

    No puedo estar más de acuerdo, lógicamente la Evaluación de Riesgos es un documento muy importante, pero es la herramienta para la realización de la Planificación Preventiva cuyo seguimiento también ha de realizar la propia empresa. La parte “práctica”. Por eso mismo la he recomendado que no acepte la propuesta sin más y que cualquier modificación que se realice en ella, por no estar conforme la empresa, esté consensuada con su SPA.

    Respecto a lo de la “simple recomendación”, yo no he dicho que lo sea … precisamente porque puede pasar de propuesta a planificación preventiva definitiva, si no hay comunicados en contra y porque, además, pueden exigir el original de la propuesta y compararlo con las modificaciones realizadas por la empresa, de haberlas.

    Comento esto solo por matizar más, pues creo que estamos de acuerdo sobre esto.

    #429447 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
    77
    193
    junio 2004


    Experto

    @ventamina wrote:

    Entonces hay que aplicar:

    Artículo 31 LPLR
    3. Los servicios de prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a:

    a) …….

    b) …….

    c) La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia.

    Lo que NO puede hacer (sin estar expuesto a sanción) es concertar la actividad preventiva con un SPA para que le haga la actividad c) y luego que el empresario la ”’modifique”’ como le parezca. ESO NO VALE… ahora bien, TAMPOCO VALE que el SPA le haga una tablita en blanco para que el ITSS le ponga una banderilla al empresario… pero, si paga X, que no pida que le hagan trabajos que cuesta X+1000…. y si no está satisfecho, que cambie de modalidad preventiva o que se busque un SPA que le ‘satisfaga’…

    Una cosa es que el SPA tenga la obligación de vigilar la adopción por parte del empresario de las medidas preventivas que ellos mismos han propuesto y otra diferente es que el empresario no tenga que hacer un seguimiento continuado de dicha planificación y conforme al orden de prioridades establecido.

    Por supuesto que el SPA puede hacerlo todo, pero en la práctica es el empresario (o un trabajador, como pueda ser el compañero que ha preguntado) quien realiza dicho seguimiento (registrándolo en las tablitas que comentas) y el SPA, en el mejor de los casos, quien vigile que dichas medidas se están adoptando realmente y que son eficaces.

    Según los art. 19.1 y art. 19.2 (RD 39/97):

    “Las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa el ASESORAMIENTO Y APOYO que precise en relación con las actividades concertadas, correspondiendo la responsabilidad de su ejecución a la propia empresa”

    y …

    “Las entidades asumirán directamente el desarrollo de aquéllas funciones señaladas en el artículo 31.3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, que hubieran concertado y CONTRIBUIRÁN a la efectividad de la integración de las actividades de prevención en el conjunto de actividades de la empresa …”

    Es decir, en mi opinión una cosa es que el SPA pueda hacerlo todo (aumentará el precio y créditos horarios de los técnicos asignados a la empresa) y otra que la empresa no pueda también realizar el seguimiento, independientemente de la obligación que tenga el SPA de realizar también su propio seguimiento, que lo tiene.

    Con esto no digo que yo esté de acuerdo con este procedimiento: el empresario (o trabajador en quien delegue) que rellene las “fichas” de la planificación y el SPA, si le apetece, que vigile que esto se realiza realmente y, ni mucho menos, que los SPA le pongan las banderillas al empresario. Pero en la práctica es muy habitual esto.

    Saludos

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