Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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  • #72249 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
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    6
    enero 2013


    Buenas tardes,

    Existen multitud de modelos de PEMP y no todas ellas disponen del avisador acústico de movimiento. Este avisador ¿se puede entender como obligatorio?
    Me refiero, lógicamente, no al claxon o bocina, sino a la señal acústica que diferentes en diferentes máquinas se activa al iniciar la marcha atrás. En el caso de las PEMP, muchas de ellas llevan este dispositivo de forma que cuando la PEMP se traslada suena esta señal acústica. Algunas activan únicamente esta señal cuando sube o baja la plataforma. En definitiva, ¿es obligatoria la señal acústica durante el traslado de la PEMP? Si es así, ruego me indiquéis donde viene recogido porque expresamente ni el RD1215 ni las diferentes NTPs o normas UNE lo reflejan, al menos yo no lo he encontrado.

    #426882 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Hombre, ya sabes que a partir de los principios de la accions preventiva (art. 15 LPRL) todo dispositivo que reduce los riesgos a los trabajadores es obligatorio, o mejor dicho, en el momento en el que tengas un accidente y con el dispositivo X se puede evitar, tendrás que explicar a la AL el motivo (y tiene que ser de peso) por el cual no se usaba (y claro, a toro pasado, si ha habido accidente es que algo hemos hecho mal, los inspectores lo tienen fácil)

    Dicho esto, que tenía que ser dicho (o si no reviento) creo que preguntas si en alguna normativa (u otros documentos “de reconocido prestigio”) específica de PEMP sale la obligatoriedad de llevar dispositivo acústico, yo tampoco recuerdo haberlo visto en las NTP, pero es bastante posible que esté en alguna norma UNE (sí, a parte de caras son “de reconocido prestigio”) con lo cual hoy no es obligatorio pero igual en unos años sí. Ya sé que es un rollo pero la cosa va así (y si no, que se lo digan a los compradores de andamios “homologados”…). Técnicamente, el sistema acústico es necesario en casos de “mucho lío” es decir, si hay varios operarios en la zona de trabajo, a diferentes alturas, como suele pasar en las obras de construcción. Si van dos operarios reparando farolas no le veo tanto la necesidad, aunque si está, no hace daño tampoco. Eso sí, si haces la inversión (si la compras) asegúrate antes de si hay una norma UNE que diga lo del “pitidito”, no sea cosa que luego te arrepientas.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #426883 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
    Participante
    6
    enero 2013


    Gracias por la respuesta,

    Coincido contigo y estoy en la misma línea que tú. Lógicamente, el hecho de buscar una base “legal o normativa” te da más fuerza en ocasiones de cara a transmitir a las empresas la necesidad de realizar o no una inversión en la mejora de estas máquinas. Siempre está el… “y eso donde lo pone, ¿pero es obligatorio o no?”.
    Lo dicho, gracias por la constestación

    #426884 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Nosotros a una de nuestras góndolas (que no dejan de ser plataformas elevadoras) les pusimos “falta” por algo parecido a lo que tu indicas.

    Así en el artículo 1 Anexo I del 1215 basamos la necesidad de “señal de advertencia” de puesta en marcha.
    Y en la NTP 207 la necesidad de avisador acústico de desplazamiento por los railes.

    Creo asemesmo recordar que existe (o está ya redactado) un anexo especifico para plataformas elevadoras para el 1215.

    #426886 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @carloss wrote:

    Nosotros a una de nuestras góndolas (que no dejan de ser plataformas elevadoras) les pusimos “falta” por algo parecido a lo que tu indicas.

    Así en el artículo 1 Anexo I del 1215 basamos la necesidad de “señal de advertencia” de puesta en marcha.
    Y en la NTP 207 la necesidad de avisador acústico de desplazamiento por los railes.

    Creo asemesmo recordar que existe (o está ya redactado) un anexo especifico para plataformas elevadoras para el 1215.

    Está en preparación la ITC AEM-05 para plataformas elevadoras, pero nadie sabe cuando saldrá. No he podido encontrar ningún borrador, así que si alguien lo tiene o puede conseguirlo se agradecerá al mil por mil 😀 😀
    De todas formas la NTP 207es específica para tus “góndolas” (las que se suspenden por las fachadas de los edificios). Existe la NTP 634: Plataformas elevadoras móviles de personal, en la que se habla de avisadores acústicos, pero son básicamente para dar la alarma en caso de excesiva inclinación, fallos mecánicos… no dice nada específico sobre la señalización acústica de movimiento. Lo que me preocupa a mí es que “cuando el río suena agua lleva” y si los fabricantes están empezando a instalarlo y no encontramos la norma que obligue a ello es que igual por ahí circula algún borrador de la ITC AEM 05 que lo dice. Por eso es por lo que le digo que si tiene que comprar alguna, se asegure. No es la primera vez que un cliente mío encuentra algún “chollo” de maquinaria y a los dos días, norma nueva y a cascarla. Y al contratista no le cuentes que tú compraste la máquina dos días antes del cambio de norma, o tu maquinaria se adecua a la normativa actual o se buscan otro. Así van ellos.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #426887 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @nachosepreat wrote:

    Gracias por la respuesta,

    Coincido contigo y estoy en la misma línea que tú. Lógicamente, el hecho de buscar una base “legal o normativa” te da más fuerza en ocasiones de cara a transmitir a las empresas la necesidad de realizar o no una inversión en la mejora de estas máquinas. Siempre está el… “y eso donde lo pone, ¿pero es obligatorio o no?”.
    Lo dicho, gracias por la constestación

    Tranquilo, si les pegas la paliza que yo te he pegao, al final se te quedan mirando con cara de lelos y dicen “Ah, vale, lo que tú digas, vale” y se van a tomarse una aspirina 😆 😆 😆

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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