Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #72219 Agradecimientos: 0
    logoycuma
    Participante
    19
    13
    noviembre 2012

    Iniciado

    Hola foreros,
    Tenemos muchas máquinas, cuyo funcionamiento es fundamentalmente mediante presión hidráulica (aceite), con infinidad de conexiones a la vista y con riesgo de alcance, en caso de rotura y con presiones superiores a 250 bars.
    Voy a argumentar la obligatoriedad de protegerlas (Cadenas de seguridad, carenado mediante gradillas metálicas, etc.), en base al 1215/97 y al 2060/2008 de E. a presión.
    Guía Técnica RD 1215/97:
    En el caso de proyecciones de alta energía (por ejemplo, por fluidos a alta presión, superior a 15 MPa, como en el caso de ciertas máquinas de limpieza, de máquinas de corte de materiales a alta presión, o de instalaciones hidráulicas), las medidas preventivas comprenden, entre otras:
    En el caso de las tuberías flexibles, instalarlas y sujetarlas convenientemente, conforme a las instrucciones del fabricante, o, si ha lugar, instalar resguardos fijos para la protección contra el peligro de latigazos o sujetar éstas mediante vainas amarradas u otros medios equivalentes.

    Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
    CAPÍTULO II : Instalación y puesta en servicio
    Artículo 3 Condiciones generales:
    3. Las instalaciones de los equipos a presión dispondrán de los dispositivos y medios apropiados de protección necesarios para que su funcionamiento se realice de forma segura.

    Si alguien me puede aportar algo más de luz, lo agradeceré, ya que creo que me voy a embarcar en una cruzada con la empresa, de escándalo.

    Saludos y gracias.

    #426654 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    965
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Hay estrobos de seguridad para mangueras de este tipo y neumáticas que cuestan unos 5 euros. No creo que sea tanto coste; pero efectivamente yo justificaría mucho eso que dices, porque lo que supones podrías hacerlo para todo.
    Quiero decir que, por ejemplo, en base al uso que se le de, es factibles y hasta probable que una manguera de aire para un martillo neumático se acabe rompiendo, y por eso yo le pongo un estrobo de seguridad; pero no es normal que un latiguillo hidráulico se rompa, al menos no más que muchos otros elementos mecánicos (fijaciones, placas de anclaje, elementos estructurales atornillados, etc.) que pueden estar sometidos a esfuerzos similares, o menores pero no calculados.
    En ese caso, ¿Qué harías, poner una protección también por si se cae, se suelta, se …? Yo creo que lo sensato, y lo que te sugiere también la normativa es que tengas un programa de revisión y mantenimiento periódico, eso sí, convenientemente documentado; de forma que puedas demostrar que periódicamente has revisado el estado de esos latiguillos. Si se rompen, pues …
    En el caso que planteas no es excesivamente caro ni molesto colocar estrobos de seguridad; pero ¿Y en los otros casos similares? Alguien te podría decir que si has puesto tanto celo con los latiguillos, ¿Por qué no lo pusiste igualmente con ese elemento anclado a la estructura con X tornillos que, debido a no se qué vibración, se cayó encima de alguien?

    #426655 Agradecimientos: 1
    logoycuma
    Participante
    19
    13
    noviembre 2012

    Iniciado

    Gracias por tu respuesta.
    Ya he emitido listado de acciones a realizar, en base al 1215 y a su guía técnica.
    Básicamente:
    1.- Consultar con proveedor/fabricante vida útil de las mangueras de presión hidráulica y la relación entre presión máxima admisible y la presión real a la que están sometidas.
    2.- Definir qué mangueras deben tener cadena de seguridad y/o protección mediante resguardos fijos y colocar dichas protecciones (Como criterio técnico, las que están sometidas a presión superior a 150 bars).
    3.- Preventivo de inspección y recambio de las mangueras, rácores y conexión rápida, según quede establecido por proveedor/fabricante.

    Espero que además esto sirva para otros navegantes que les hayan surgido las mismas dudas que a mí.

    #426656 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    @logoycuma wrote:

    Gracias por tu respuesta.
    Ya he emitido listado de acciones a realizar, en base al 1215 y a su guía técnica.
    Básicamente:
    1.- Consultar con proveedor/fabricante vida útil de las mangueras de presión hidráulica y la relación entre presión máxima admisible y la presión real a la que están sometidas.
    2.- Definir qué mangueras deben tener cadena de seguridad y/o protección mediante resguardos fijos y colocar dichas protecciones (Como criterio técnico, las que están sometidas a presión superior a 150 bars).
    3.- Preventivo de inspección y recambio de las mangueras, rácores y conexión rápida, según quede establecido por proveedor/fabricante.

    Espero que además esto sirva para otros navegantes que les hayan surgido las mismas dudas que a mí.

    Pues en principio me parece muy afcertado el resumen que hace usted de las acciones a realizar. . . 😉

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El debate ‘ Protección mangueras sujetas a presión hidráulica’ está cerrado y no admite más respuestas.