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    Ara82
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    diciembre 2006


    La Coordinadora de Seguridad y Salud de la obra me solicita las aperturas de Centro de trabajo por parte de las subcontratas que trabajen en la obra y las subcontratas me dicen que no tienen obligación de aperturar el centro. ¿Alguien me podría aclarar este tema? ¿Hay alguna referencia legal que lo aclare?

    Muchas Gracias

    #325437 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Orden de 6 de mayo de 1988 por la que se deroga la OM 6 oct. 1986, sobre requisitos y datos que deben reunirlas comunicaciones de apertura previa o reanudación de actividades en los centros de trabajo. BOE núm. 117 de 16 de mayo.

    Artículo 1.

    1. La comunicación de apertura de un centro de trabajo o de reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia, que el empresario debe efectuar y cumplimentar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 Del Real Decreto­Ley 1/1986, de 14 de Marzo, de medidas urgentes administrativas, financieras, Fiscales y laborales ((Boletín Oficial del Estado) del 26), se ajustara a lo dispuesto en la presente Orden.

    2. La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otras autoridades, de conformidad con el anexo del Real Decreto­Ley 1/1986, o con la normativa vigente en cada caso.

    3. A efectos de lo dispuesto en la presente Orden, los conceptos de empresario y de centro de trabajo serán los expresados en sus definiciones positivas, de conformidad al ordenamiento jurídico social.

    Habla de empresario, independientemente de su condición de contratista o subcontratista.

    #325438 Agradecimientos: 0
    alseides
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    octubre 2005


    Totalmente de acuerdo con ICM75. Comentarte que cuando te dicen que no están obligados, es porque hay una pequeña trampa legal: se dispone de 30 días para aperturar el centro de trabajo, por lo que si tu trabajo dura menos de este periodo es cuando aplican el “ya no hace falta, porque ya he terminado”. Lo que no quiere decir que no estén obligados, pero es una opción bastante utilizada.

    #325439 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Tus subcontratas quieren ahorrarse, sin motivo ninguno, el trámite de apertura.
    Todas las EMPRESAS, independientemente de su condicion de contrat/subcontrata, deben realizar la apertura de centro en un plazo máximo de 30 días desde que entran en dicho centro/obra.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #325440 Agradecimientos: 0
    Segorbe
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    enero 2009


    El problema no es que se quieran ahorrar ese tiempo, ue a la larga es lo de menos. La razón que me han dado a mi más de una subcontrata es que deben pagar algún tipo de tasa por estar dado de alta (No se exactamente)si su centro de trabajo habitual se encuentra en una provincia distinta, al igual que el tema del seguro de convenio, … Aunque el problema puede venirte a tí porque no cumplan otros tramites como a su servicio de prevención o seguros varios no le conste ese centro de trabajo y entonces si pasa algo se puedan lavar las manos.

    #325441 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿Razón? Será la disculpa, porque no me parece que sea una razon “para no tener que pagar unas tasas”, porque si por esas empezamos también sería una razón no tener las medidas preventivas necesarias para no tener que pagarlas.

    #325442 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    En el caso concreto de esta obra está en Barcelona y he localizado una instrucción que dice que no es necesario, es ésta por si os sirve algún día:

    INSTRUCCIÓN 3/2008 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES LABORALES DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA que dice “para que la autoridad laboral conozca la apertura de los nuevos centros de trabajo, que sean obras de construcción, mediante la comunicación únicamente por parte de los empresarios principales o contratistas, y no para comunicación del resto de empresarios subcontratistas que puedan efectuar actividades en la misma obra”

    #325443 Agradecimientos: 0
    JULIAN2679
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    julio 2001


    ¿No puede el contratista principal “abrir toda la obra como centro de trabajo propio” y luego los subcontratistas realizar coordinación de actividades por trabajar en centro de trabajo ajeno?
    Es una duda que tengo, aunque la verdad es que nosotros pedimos a los subcontratistas apertura de centro.
    saludos

    #325444 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

    Iniciado

    En Cataluña no hace falta que la subcontrata haga apertura de centro de trabajo …. libro de subcontratación rellenado, firmado y con habilitación de administración pública.

    #325445 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    NADA tiene que ver la apertura de centro de trabajo con la coordinación de actividades empresariales.

    La apertura de centro de trabajo es la forma oficial de comunicar a la autoridad laboral competente por una empresa de un nuevo centro de trabajo.

    Si solo lo abriese la empresa contratista, ¿como iba a saber la autoridad laboral que las empresas subcontratistas tienen ese centro de trabajo? Ten en cuenta que las anotaciones en el libro de subcontratación NO se comunican a nadie, dicho libro “solo” esta a disposición para su consulta.

    Respecto a la instrucción que existe al respecto en cataluña, ya la conocía (de todas formas gracias Ara82), pero hay que tener en cuenta que la misma solo es válida en dicha comunidad autónoma, no en el resto.

    En cualquier caso, este NO es un tema “preventivo” sino mas bien administrativo y su control entiendo que no corresponde a ningún “agente en materia de prevención de riesgos laborales” de la obra (CSS, TPRL, RP, etc.).

    #325446 Agradecimientos: 0
    mvarillas
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    marzo 2008


    Es evidente que la subcontrata no sólo parece ser que desconoce la legislación, sino que al propio tiempo tú debes exigirle que cumpla con sus obligaciones y proceda sin más a la apertura del centro en el plazo establecido al efecto.
    Si ésta no realiza sus deberes tú y el promotor podeis ser amonestados, y es más que evidente que alguien está incumpliendo sus obligaciones, y eso casi siembre acaba en sanción económica.

    #325447 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

    Iniciado

    Es una OBRA, está en Barcelona, No ? pues para este caso la subcontrata NO tiene por que hacer apertura. Si quiere hacerla que la haga … además en Cat se hace de forma telemática la apertura si quieres … pero simplemente me he ceñido a lo que entiendo de la pregunta formulada.

    Si el CSS quiere apertura pues se le puede decir esto … y si se razona por el principio del que paga manda pues se hace apertura y se acabó.

    #325448 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Tras leer todos los post…
    Reitero algunos terminos, y rectifico en otros.
    Empiezo por las rectificaciones:
    – Desconocía de la existencia de la Instrucción para Cataluña, y una vez leida, rectifico, ya que según la misma las subcontratas no están obligadas a abrir centro.

    Y reitero:
    – Para el resto del pais, LA APERTURA DE CENTRO ES OBLIGATORIA PARA TODAS LAS EMPRESAS, no sólo construcción, si no cualquier sector, en un plazo de 30 días desde que se comienza la actividad en ese centro.
    – Por lo tanto, como empresa, DA IGUAL QUE SEAS CONTRATISTA, QUE SUBCONTRATISTA.
    – He leido que puedes ser sancionado por que tu subcontratista no habra centro de trabajo. Esta afirmación es INCORRECTA. En niguan legislación, no sólo de PRL, si no tampoco LABORAL, FISCAL o ADMINISTRATIVA, aparece la obligación de vigilar las aperturas de centro de tus subcontratistas… Es una obligación particular de cada empresa, y por la que puede ser sancionada la empresa incumplidora, pero nunca terceras empresas. Sólo podrás ser sancionado si no le facilitas a ese subcontratista la documentacion necesaria para realizar la apertura: nº de aviso previo, y por lo tanto le limitas en sus obligaciones; pero salvado este punto, no.
    No mezclemos todo en el mismo saco… las obligaciones de vigilancia y control de subcontratas están muy bien definidas en la ley (en cuanto a qué controlar) y entre ellas no está la apertura de centro.

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #325449 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2008


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    Buenos días,
    retomo este tema, ya antiguo, para hacer una consulta. Tengo claro que la apertura de centro de trabajo la debe hacer cualquier empresa, independientemente de que sea contrata o subcontrata. La duda es que al hacer la apertura del centro, te dicen que si acompañas PSS o Evaluación de riesgos, y ahí entiendo que si lo debe presentar la empresa contratista, ya que en el PSS se suelen incluir los trabajos que van a realizar las empresas subcontratadas. Hemos tenido una obra recientemente en la que hemos actuado como subcontrata, y ahora me lo están exigiendo, una vez que la obra ya está más que terminada. No tengo ningún problema en entregarlo, junto con la adhesión de nuestra empresa a ese PSS, pero para estar segura cuando me vuelva a pasar, ¿hay que entregar el PSS aunque no sea de tu empresa, si actúas como subcontrata?
    Gracias!!!

    #325450 Agradecimientos: 0
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    21
    septiembre 2008


    Iniciado

    Ya me contesto a mí misma, acabo de leer detenidamente la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo, y dice lo siguiente:
    “En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, la comunicación de apertura del centro de trabajo deberá ser previa al comienzo de los trabajos, deberá exponerse en la obra en lugar visible, se mantendrá permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios no identificados inicialmente y se efectuará únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas conforme al indicado real decreto. A tal efecto el promotor deberá facilitar a los contratistas los datos que sean necesarios para el cumplimiento de dicha obligación. La comunicación se cumplimentará según el modelo oficial que figura en el anexo (partes A y B) y contendrá los siguientes datos e informaciones…”
    Es decir, que no tenía que haber hecho la comunicación de apertura de centro al ser subcontratista.

    Un saludo.

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