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  • #4231 Agradecimientos: 0
    chequeando
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    mayo 2008


    Hola, es seguro trabajar con grua torre con tormenta eléctrica?
    Gracias

    #98975 Agradecimientos: 0
    mer7
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    febrero 2008


    Hombreeeeeeeeee no es que yo domine ese tema pero vamos que suena como inmolarse.

    #98976 Agradecimientos: 0
    moreno_ximena
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    septiembre 2006


    No conozco la normativia especifica para gruas torre sin embargo, para equipos como puentes grua, en los que los riesgo podrian considerarse menores a los de las gruas torre se cuenta con la NTP 319 en la que se prohibe la manipulacion de éste tipo de equipos (punetes gruas) en presencia de aire y tormentas, de hecho cuando la velocidad del aire es 50 Km/h o superior esta prohibido.

    Supongo que habrá una NTP puntual para las gruas torre y podría asegurarte que no es permitido trabajar con estos equipos durante tormentas o rafagas de viento.

    #98977 Agradecimientos: 0
    AlfonsoMadrid
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    agosto 2006


    Dice algo al respecto el PSS?
    y el plan de montaje?
    y el sentido común?

    #98978 Agradecimientos: 0
    moreno_ximena
    Participante
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    septiembre 2006


    Te complemtno la informacion…

    cuentas con la NTP 125 para gruas torre, alli puedes confirmar que no es posible utilizar las guras torre con velocidades del veinto de 60 Km/h o superiores.

    Espero sea util la info

    Saludos,

    #98979 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    No. Ante la presencia de tormenta eléctrica, se recomienda interrumpir el trabajo, desconectar la corriente de acometida y dejar la grúa en posición de veleta.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #98980 Agradecimientos: 0
    celia_rex
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    febrero 2007


    RD 836/2003 Gruas torre donde se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria «MIE-AEM-2» del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones

    Anexo IV, dentro de obligaciones del gruista.

    “Interrupción del trabajo
    En caso de vientos fuertes, o de tormenta eléctrica próxima, se interrumpirá el trabajo y se tomarán las medidas prescritas por el fabricante, dejando la grúa en veleta y cortando la corriente en el cuadro general de la obra.”

    #98981 Agradecimientos: 0
    clerks
    Participante
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    septiembre 2004


    Yo me quedaría sobretodo con la respuesta más simple que ha dicho alfonsomadrid: Sentido común…
    Un trabajador puede negarse a realizar un trabajo en condiciones inseguras, y creo que esto se puede considerar realmente inseguro desde un punto de vista objetivo y subjetivo.

    #98982 Agradecimientos: 0
    propol
    Participante
    0
    febrero 2007


    no. está totalmente prohibido.

    #98983 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    A mí me pilló una tormenta subido a una grúa torre de 40 m de alto y te juro que ni el mismísimo San Pedro hubiera sido capaz de convencerme para que no me bajara echando ostias de la grúa…

    La grúa es una estructura metálica bastante jugosa para un rayo. Aunque no se especifique de forma explícita, creo que el sentido común (que a veces es el menos común de los ídems)lo dice todo. El PSS debe contemplar esta contingencia.

    Aquí os pongo rayos y centellas:

    Respecto a la velocidad del viento a la que corte, cada grúa puede tener alguna variación, primero avisan y luego cortan la corriente.

    Saludos

    Aitor

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    #98984 Agradecimientos: 0
    Spreader
    Participante
    0
    marzo 2002


    Dejando aparte todas las normas de seguridad existentes, estoy con Celia_rex. La normativa sobre grúas torre y que todo gruista de “grua torre” esta obligado a saber (ya que para este trabajo si que existe el “carnet obligatorio” que lo otorga exclusivamente el Ministerio de industria (o conserjerias) previo examen y formación, lo dice en la ITC MIE-AEM-2 para gruas torre, así como la norma UNE 58-101-92. Es una obligación del gruista poner fuera de servicio la grúa en presencia de vientos superiores a 70 km/h y/o tormenta elçectrica proxima.
    Un saludo.

    #98985 Agradecimientos: 0
    chequeando
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    mayo 2008


    Gracias a todos

    #98986 Agradecimientos: 0
    Ziredna
    Participante
    3
    0
    agosto 2006

    Iniciado

    Ni “recomendaciones”, ni sentido común, ni historias.

    Hay que interrumpir el trabajo y . (Celia Rex dixit 😉

    #98987 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Como ya te han contestado varios, no se puede seguir trabajando con la grúa con tormenta eléctrica. Pero no cometas el error de desconectar la grúa y seguir trabajando retirado de ella. El rayo te va a partir igual si te cae. En cambio, si estas cerca de la grúa, nunca te va a caer, porque se lo va a comer ella y ella solita lo va a derivar a tierra con su puesta de la torre.

    ¿Entonces? Que con tormente eléctrica, te resguardes, siempre.

    Saludos.

    #98988 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
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    24
    26
    abril 2008


    Iniciado

    el anemómetro no corta la corriente, sólo avisa, a los 50 km hora de forma intermitente y continua a los 70 km hora.

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