La Seguridad Social ultima el reglamento de las mutuas colaboradoras

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El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, ha avanzado hoy que ya se está tramitando el reglamento de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social que detalla su régimen jurídico e incluye medidas para reforzar el seguimiento de su gestión.

¿Verá la luz el Proyecto de Reglamento de Instalaciones Contra Incendios?

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Con el nuevo Reglamento está previsto que el Ministerio elabore una “Guía Técnica”, de carácter no vinculante, para la aplicación práctica de las disposiciones del reglamento y de sus apéndices técnicos, que podrá establecer aclaraciones en conceptos de carácter general.

Modificaciones en el Reglamento de Aparatos Elevadores
Fueron movilizados el 061, Policía Local y el Grumir d Brión

Modificaciones en el Reglamento de Aparatos Elevadores

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Con la entrada en vigor del Real Decreto 560/2010 y la Ley 25/2009 se ha producido un cambio significativo en el Real Decreto 2291/1985 por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención y por consiguiente en los reglamentos que se derivan de dicho Real Decreto.

Orden TIN/2504/2010, por el que se regula la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención y para su auditor. I Introducción
Los datos que manejamos ponen de manifiesto que se está haciendo un buen trabajo en materia de prevención

Orden TIN/2504/2010, por el que se regula la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención y para su auditor. I Introducción

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En este artículo se presenta la orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.

Regulados los recursos sanitarios de los Servicios de Prevención
Estas prácticas les puede facilitar su inserción laboral

Regulados los recursos sanitarios de los Servicios de Prevención

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Tras casi dos años de negociación, el pasado 9 de diciembre, el pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) aprobó el real decreto que regula los recursos sanitarios de los servicios de prevención, que unido al RD 337/2010, de 19 de marzo, y a la Orden TIN/2504/2010, que regula todo lo relacionado con la acreditación de los servicios de prevención.

Reflexiones sobre las modificaciones introducidas en el Reglamento de los Servicios de Prevención por el R.D. 337/2010
El 65% de los trabajadores chilenos habitualmente se siente bajo presión

Reflexiones sobre las modificaciones introducidas en el Reglamento de los Servicios de Prevención por el R.D. 337/2010

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La Estrategia Española 2007-2012 de Seguridad y Salud se toma como documento de referencia para las reformas encaminadas a la mejora de la Seguridad y Salud en el Trabajo. En ese sentido, el 24 de marzo de 2010 entró en vigor el Real Decreto 337/2010 por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Prevención y los Reales Decretos 1109/2007 y 1627/1997 que pretende responder íntegramente a este fin.

Una nueva reforma del Reglamento de los Servicios de Prevención
El trabajador no llevaba puesto el arnés de seguridad

Una nueva reforma del Reglamento de los Servicios de Prevención

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El 23 de marzo de 2010 se publicó una nueva reforma del Reglamento de los Servicios de Prevención. Esta reforma viene dada por el desarrollo de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007/2012, en concreto lo que hace referencia a los objetivos 1 y 2, en los que se propone lograr un mejor y más eficaz cumplimiento de la normativa en la pequeña y mediana empresa y mejorar la eficacia y calidad del sistema de prevención.

Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales III. Subcontratación de servicios
Su misión será juntar e uniformizar todas las leyes en esta materia, además de interponer sanciones y multas a sus infractores

Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales III. Subcontratación de servicios

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La única posibilidad de contratar actividades preventivas especializadas fuera del sistema de gestión preventiva está reservada a los servicios de prevención ajenos. Para el resto de los casos –empresario, trabajadores designados o SPP- los conocimientos especiales o las instalaciones de gran complejidad las aportará el SPA o, en su caso, los profesionales o entidades que este contrate.

Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales II. ¿Es posible combinar más de una modalidad? ¿Y más de dos?
Con mayor o menor penosidad para su salud”, se otorgan al trabajador las pautas para mejorar la postura o se exponen las necesidades que tiene el entorno laboral “

Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales II. ¿Es posible combinar más de una modalidad? ¿Y más de dos?

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La exigencia legal de integración de la prevención supone que esta debe formar parte del sistema general de gestión de la empresa. La ejecución de cualquier actividad implica el respeto a los requisitos productivos y a los preventivos, incluyendo la formación e información de la que deben disponer quienes la gestionen y ejecuten.

La necesaria reconciliación entre el Art. 20 y los Art. 29 y 31 bis del Reglamento de los Servicios de Prevención
Su misión será juntar e uniformizar todas las leyes en esta materia, además de interponer sanciones y multas a sus infractores

La necesaria reconciliación entre el Art. 20 y los Art. 29 y 31 bis del Reglamento de los Servicios de Prevención

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La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), fue sustancialmente modificada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. El Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, supuso el desarrollo reglamentario de los nuevos artículos incorporados a la LPRL por la Ley 54/2003, así como de los modificados por ésta.