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Los hechos ocurrieron en 2012. Un grupo de operarios trabajaba en la reparación de la calzada cuando uno de ellos, fue arrollado por una máquina asfaltadora que circulaba marcha atrás. El vehículo le pasó por encima, causándole la muerte.

El trabajador fue arrollado debido, según el ministerio público, a las imprudencias y negligencias cometidas por los procesados, desde el operario que conducía la máquina a los administradores de las empresas de la obra.

El ministerio público sostiene que el atropello se debió al incumplimiento de la legislación de seguridad laboral. Basándose en el informe de la Inspección de Trabajo, argumenta que la máquina asfaltadora era “defectuosa” y presentaba “graves deficiencias e irregularidades”, ya que no estaba adecuada a la normativa europea. Además, considera que en la obra no se respetaban las medidas obligatorias para evitar este tipo de siniestros. La acusación imputa a los administradores de las dos empresas que llevaban a cabo los trabajos, los encargados de la obra y el conductor de la máquina un delito de homicidio imprudente. Reclama tres años de cárcel para cada uno de ellos, excepto para el obrero que manejaba la asfaltadora, cuya responsabilidad considera menor y para quien solicita un año y dos meses de prisión por el mismo delito.

 

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diariodemallorca.es

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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