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Una enfermera de Osakidetza ha sido diagnosticada con trastorno adaptativo a una situación de estrés, y por lo que se la ha concedido la invalidez absoluta originada por una conflictiva situación con sus compañeros de trabajo y sus responsables superiores.

Los tribunales consideran probado que el origen de esta patología ha tenido su origen en las condiciones en que desarrollaba su trabajo, por lo que han declarado que se trata de un accidente laboral.

La sentencia solo establece que existe una relación directa entre la dolencia de la sanitaria y el entorno laboral, pero precisa que no ha sido probada una situación de acoso u hostigamiento laboral. Sí está demostrado que hubo un conflicto en dicho ámbito cuya vivencia personal por parte de la demandante desembocó en la dolencia ya citada.

Explica el documento judicial al respecto que para que una enfermedad de este tipo sea considerada como accidente de trabajo no es necesario que se deba a una situación de acoso ni a las relaciones verticales con la jefatura o sus subordinados. 

 

Para Alfonso Ríos, responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, los hechos referidos son nefastos, por lo que insiste en la necesidad de que Osakidetza lleve a cabo una evaluación de los riesgos psicosociales.

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diariovasco.com

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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