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El Juzgado de lo Penal de Jaén ha condenado a seis meses de cárcel a un hombre como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores que habría cometido al encargarle a un peón agrícola unas labores que no corresponden con su categoría laboral y, además, sin proporcionarle medidas de seguridad, según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el marco de las cuales dicho trabajador sufrió un accidente del que le han quedado secuelas.

Según se detalla en el relato de hechos probados de la sentencia el suceso se produjo en abril de 2008 en un cortijo, donde el condenado, encargado de “organizar y dirigir los trabajos” de dicha finca, pidió al peón que limpiara tres depósitos de agua que estaban ubicados sobre una estructura metálica existente entre el tejado de uralita de la nave del cortijo y el tejado de tejas de la vivienda.

Se trata de una labor que no está comprendida dentro de los trabajos de peón agrícola, ni tampoco contemplada en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, según añade la sentencia, que cuenta que al peón no se le facilitó ningún medio de protección individual.

Al proceder a colocar correctamente uno de los depósitos después de su limpieza, el peón pisó el tejado de uralita, que cedió y cayó al suelo desde una altura aproximada de ocho metros, lo que le provocó lesiones que le llevaron a estar hospitalizado y que le han dejado secuelas.

El fallo impone al condenado una multa de tres euros diarios durante seis meses, así como le obliga a indemnizar con 90.000 euros al peón lesionado en concepto de responsabilidad civil.

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europapress.es

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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