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El Ministerio de Industria, Energía y Turismo lleva años trabajando en la redacción de un nuevo Reglamento de Instalaciones contra incendios que sustituiría el actual Real Decreto 1942/1993. Consideran que la evolución tanto del caudal técnico como de las condiciones legales hace imprescindible actualizar y revisar los requisitos establecidos en el citado Reglamento.

Con el nuevo Reglamento está previsto que el Ministerio elabore una “Guía Técnica”, de carácter no vinculante, para la aplicación práctica de las disposiciones del reglamento y de sus apéndices técnicos, que podrá establecer aclaraciones en conceptos de carácter general.

La realidad que nos encontramos en muchas organizaciones es que no se cumple en su totalidad con el Reglamento, sobre todo en lo que se refiere a las revisiones que pueden ser realizadas por personal propio. Con el nuevo Reglamento se prevé un toque de atención para mejorar en estos mantenimientos.

Importante para los sistemas ya instalados es que tendrán que adecuarse a los nuevos mantenimientos exigidos por este Reglamento en el plazo máximo de un año desde su entrada en vigor.

Una de las novedades más importantes del Reglamento será el sometimiento de la instalación a una inspección técnica a los 10 años de su puesta en servicio. A las instalaciones existentes con más de 10 años de antigüedad se les da un plazo de un año para realizar la primera inspección.

Con la entrada en vigor de este Reglamento quedarán derogadas las siguientes normas:

  • El Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y
  • La Orden de 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo del citado real decreto.

La protección contra incendios es un tema legal generalmente incorporado en las empresas, pero no es suficiente mantener las condiciones iniciales, sino que conviene cada cierto tiempo revisar las características de la organización y su sistema de prevención.

Creemos que con esta nueva normativa, en cierta medida, se obligará a las empresas a valorar el sistema implantado y, en su caso, mejorarlo.

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Marta Alperi

Marta Alperi

Consultora de NetEnvira

www.netenvira.com

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

Marta Alperi

Consultora NetEnvira
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