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    susanasusana
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    junio 2004


    Hola! Tengo una duda, a ver si podéis ayudarme. Hace menos de seis meses que entre a trabjar como técnico en el Servicio de Prevención propio de empresa. El otro dia me comunicaron que me iban a poner en el acta de constitución del Servicio de Prevención, ya que tengo las tras especialidades. No se muy bien, como me puede afectar esto. Es un siple papel, o tendré alguna responsabilidad más allá de mi trabajo normal com técnico???? Muchas gracias

    #237897 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

    Iniciado

    la empresa ha optado por la modalidad de SPP para organizar la prevención. Escogiendo esta modalidad entras en el organigrama y de ahí el acta. Además es obligación legal comunicar la modalidad optada y la constitución a los respresentantes de los trabajadores. Con el acta queda reflejado qué tipo de modalidad organizativa de la prevención tiene la empresa. En cuanto a las responsabilidades civiles y penales son las mismas pero pasan de ser tácitas a expresas. El tema de responsabilidad civil y penal ya se ha tratado en el foro (busca responsabilidades en el buscador PW).

    No obstante, revisa el acta por si te han endosado alguna cosa que no creas tu como “trabajo normal como técnico”.

    #237898 Agradecimientos: 0
    TGR_KP
    Participante
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    enero 2002


    Supongo que se tratará de una modificación del acta de constitución. Suponiendo que la empresa actúa correctamente, habrá que suponer que antes de tu llegada el SPP estaba correctamente constituido (por ejemplo con un técnico con dos especialidades y dos conciertos de especialidades), a tu llegada el SPP puede asumir tres especialidades y concertar sólo una.

    Si la empresa no tenía bien constituido el SPP y quiere incluirte en el acta de constitución desde el inico, estará alterando de forma fraudulenta documentación del sistema de gestión. No soy capaz de vislumbrar las responsabilidades que podrían pedirte a ti, pero en el caso de la empresa las Administrativas están aseguradas.

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