La Legislación aplicable es la Ordenanza General de Construcción, Vidrio y Cerámica a partir del Art. 183 que no está derogada pero que es tan antigua que poco o nada tiene que ver con los andamios actuales aunque Inspección sanciona basándose en ella, además de la Ley 31/95, 1627/97, RD 1215/97 y sobre todo, algunas Ordenes Autonómicas (la Comunidad de Madrid tiene una y por ser reciente tiene en cuenta algo más los andamios actuales) y Ordenanzas Municipales específicas que hacen referencia sobre todo a la estabilidad y protección de terceros.
Otro cantar es el montaje como tal, con los riesgos que conlleva, que debería ser el fabricante el que indicara la forma segura de montaje primando la protección colectiva sobre la individual. Existe un Libro francamente bueno editado por el Gobierno Vasco y realizado por Osalan y varias empresas Guía de andamios tubulares apoyados en formato pdf y descargable de .
Respecto a la documentación como montador, pues todo lo que tenga que ver con prevención, evaluación de riesgos, reconocimientos médicos, etc., etc. y una vez montado CERTIFICADO DE MONTAJE y como alquilador certificado que cumple la norma HD-1000.
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