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  • #33533 Agradecimientos: 0
    Analolaila
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    abril 2002


    Espero que podais ayudarme; ayer, en la reunión trimestral del comité de seguridad y salud, se planteó la obligatoriedad de tener un médico permanente en el lugar de trabajo.

    El centro de trabajo del que tengo dudas cuenta con 500 trabajadores.

    ¿Es obligatorio tener un servicio médico de manera permanente en el lugar de trabajo?

    Muchas gracias

    #238634 Agradecimientos: 0
    SAZY
    Participante
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    junio 2004


    eL ART. 14 Y 15 del RSP dice claramenta que las empresas de más de 500 trabajadores deberán constituir un Servicio de Prevención propio, así como también las Empresas de más de 250 trabajadores si se encuentran en el Anexo I.

    Dice también que deberán contar al menos con 2 especialidades y contratar las otras 2 con uno o varios Servicios de Prevención ajenos.

    En ningún sitio se comenta que una empresa tenga que tener obligatoriamente la Especialidad de Vigilancia de la Salud o un Medico en su Empresa.

    Aunque dependiendo las diferentes peculiaridades de la empresa es La Autoridad Laboral Competente la que puede designar las necesidades mínimas que tiene que tener una empresa determinada.

    Un saludo

    #238635 Agradecimientos: 0
    Aguere
    Participante
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    junio 2004


    Sazy, la unica obligatoriedad es la de tener un Servicio de Prevención Propio con, al menos, dos de las especialidades desempeñadas por personal de la casa en dedicación exclusiva (las otras dos se pueden contratar). Nada dice que deba haber médico propio ni, muchísimo menos, de manera permanente. La ignorancia sindical (dicho con todos los respetos, y he trabajado mucho con diversos sindicatos, y no hablo ahora de la ignorancia empresarial… ) sigue confundiendo las tareas asistenciales (única explicación de que se pida servicio médico 24 h.) con las preventivas propias de un Unidad Básica de Salud.. Para la asistencia está la Mutua (contingencias profesionales) o el Servicio Público de Salud (contingencias comunes), sin perjuicio de que los profesionales sanitarios efectúen la primera asistencia (es su obligación deontológica) cuando están de presencia física.

    Resumen respuesta: ¿es obligatorio? NO

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