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  • #33527 Agradecimientos: 0
    petetito
    Participante
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    agosto 2002


    Buenas tardes compañeros, me gustaria saber como se aplica la coordinación de actividades empresariales a los camioneros que van

    a cargar material a una fábrica.

    Mi pregunta es referente a lo siguiente: si en un mes entran 500 camioneros a cargar (contratados,subcontratados, autonomos, etc) creeis que se puede aplicar dicha normativa en esta torre de babel. Si alguien lo hace que me diga como.

    un saludo

    #238622 Agradecimientos: 0
    Vicens
    Participante
    0
    febrero 2002


    Buenos dias, te explico lo que realizamos en nuestro servicio de prevención que posiblemente los puristas de la legalidad no lo considerarán suficiente pero que para nosotros cumple la función básica de la coordinación que es aumentar la seguridad de los trabajadores ajenos a la empresa y de los de la propia empresa.

    Con las empresas transportistas que acuden con asiduidad al centro realizamos coordinación de actividades empresariales como con cualquier contratado o subcontratado. Con los transportistas ocasionales que acuden al centro entregamos a la entrada una hoja de instrucciones y normas de seguridad dónde informamos de los riesgos y medidas preventivas de las tareas de carga y descarga y de la zona de la fábrica por donde deben moverse (vias de circulación, muelles, etc) asimismo informamos de las normas de actuación en caso de emergencia y de los EPIS de uso obligatorio.

    Creo que no debemos dejar que la burocracia nos sumerja en una multitud de documentación que haga imposible el fin último de nuestra tarea de prevencionistas.

    Saludos y suerte

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