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  • #32529 Agradecimientos: 0
    Borregon
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    mayo 2003


    Tengo un pequeño lio mental:

    Somos una U.T.E. de construccion con obras muy variadas y en diferentel lugares y variables en corto espacio de tiempo.

    El Plan de Seguridad y Salud se supone que se compone de una evaluación de Riesgos Laborales, no?

    ¿Tengo que hacer una evaluacion de riesgos laborales aparte del plan de seguridad y Salud?

    Las oficinas normalmente no estan incluida en el plan de Seguridad y Salud pues las obras estan en el exterior y son muchas y muy variadas.

    ¿He de evaluar las oficinas aparte del Plan de Seguridad y Salud o lo he de incluir tambien en el plan de Seguridad y Salud?

    ¿El Plan de Prevencion de Riesgos laborales, es otra cosa no?

    #235217 Agradecimientos: 0
    POLO1
    Participante
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    octubre 2004


    DEBERAS HACER EN FORMATO WORD Y O EXCEL UNA PLANILLA CON TRES COLUMNAS DONDE SE DESCRIBA 1º LAS TAREAS A REALIZAR,2º LOS RIESGOS DE ESAS TAREAS Y 3º LAS MEDIDAS PREVENTIVASA ADOPTAR POR CADA TAREA.

    SALUDOS ING.CORDOBA

    #235218 Agradecimientos: 0
    POCHOL
    Participante
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    diciembre 2003


    LA EVALUACION DE RIESGOS ES PARTE DEL PLAN.

    LAS OFICINAS Y CAMPAMENTOS ESTAN LOCALIZADAS DENTRO DEL AMBIENTE DE LA OBRA Y TIENEN MUCHAS FUENTES DE RIESGO JUSTAMENTE POR QUE SON TRANSITORIAS. EN MI CONCEPTO SI DEBEN ENTRAR DENTRO DEL ANALISIS DE RIESGOS POR ACTIVIDAD. NO OLVIDES DE INSTALACIONES ELECTRICAS, MATERIALES DE CONSTRUCCION (CASI TODO MADERA) MUCHO PAPEL, COMPUTADORAS PLOTTER Y OTROS.

    #235219 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    22
    febrero 2002


    Experto

    Bueno en Argentina y en Ecuador no sé que es lo que se hará, pero como la pregunta la hacen desde España y además sobre la base del 1627/1997, sí que se la contesto, a la vez que aconsejándole que atienda sólo contestaciones de España, al menos en este caso ya que el RD 1627/1997 es de España y sólo afecta a España. Bueno allá voy.

    En el RD 1627/1997, y concretamente el el artículo 7.3 se dice “…y, en su caso evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva a las que se refiere…”. Esto es que los riegos de las obras han de ser evaluados como dentro del Plan Preventivo de la Empresa (Ley 54/2003), como los de las oficinas, el parque de maquinaria, etc. es decir, de todos los centros de trabajo evaluación de todos los riesgos, pero insisto dentro del “Plan Preventivo” de la Empresa al que están obligados todas las empresas, pero el Plan de Seguridad y Salud refiere a las obras de construcción y han de ser realizados poor el contratista y sólo cada uno de los contratistas, pero no por los subcontratistas que sí son empresarios y como tales tendrán que hacer su Plan Preventivo, pero no el Plan de Seguridad y Salud de la Obra en cuestión. En estos casos,y el suyocaso que no es ni mucho menos el único, yo suelo aconsejar a las empresas que cuando hagan el Plan de Seguridad y Salud incluyan los riesgos y sus medidas de Prevención, Protección Colectiva y EPI (de mejor a peor), pero yo como Coordinador no les admito que me incluyan una evaluación de riesgos en el PSS, porque para hacerla medianamente bien, yo debería conocer los trabajadores, la cultura de la empresa, etc., cosas que antes de comenzar la obra no conozco, y que luego esos riesgos los trasladen a su Plan Preventivo de Empresa, entonces sí, evaluados, y cuando acaben esa obra sacan de su documentación (que es parte del Plan Preventivo) los riesgos y su evaluación de riesgos, conservándolo como un históirico, para caso que tengan una auditoría puedan demostrar documentalmente que tienen estyablecido un procedimiento o protocolo (yo soy auditor, entre otras cosas). Espero que le haya quedado claro, si no es así, no dude en insistir a través del Foro…

    #235220 Agradecimientos: 0
    DR. SABLES
    Participante
    0
    julio 2004


    hola, debes realizar una evaluacion de riesgosy pa ello puedes emplear un metodo para hacerlo como por ejemplo el metodo FINE, SEPTRI o el de la OIT, en internet los encontraras. debes revisar la normativa legal aplicable a tu pais para saber si se te exige, saludos

    #235221 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Buenas.

    Vamos a ver: las obras de cosntrucción se regulan por el RD 1627/97. Punto. Una obra es una obra y una oficina es una oficina. No tienen nada que ver a efectos preventivos ni administrativos.

    Un plan de SyS NO es una evaluación de riesgos en sí. Es una planificación en base a los riesgos que presenta cada fase de ejecución de las medidas de seguridad y salud a adoptar, por lo que va más allá de la evaluación y sólo se aplica en obras de construcción.

    Incluir una oficina en un plan de SyS a lo mejor sí sería lógico si la oficina fuera por ejemplo, una mesa instalada en medio de un forjado en construcción. Pero ni siquiera la caseta del jefe de obra se debe considerar más allá de la ubicación, me explico: en el plan se dbee reflejar dónde se van a colocar las casetas de obra, pero no se cuenta lo que hay dentro, si tienen o no calefacción, si los niveles son o no adecuados…..eso es otra historia.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #235222 Agradecimientos: 0
    José Otero
    Participante
    0
    febrero 2002


    Artículo 7. Plan de seguridad y salud en el trabajo.

    1. cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.

    2. se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el estudio o estudio básico.

    3. En el caso de planes de seguridad y salud elaborados en aplicación del estudio de seguridad y salud las propuestas de medidas alternativas de prevención incluirán la valoración económica de las mismas, que no podrá implicar disminución del importe total, de acuerdo con el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 5.

    4. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra.

    5.En el caso de obras de las Administraciones públicas, el plan, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, se elevará para su aprobación a la Administración pública que haya adjudicado la obra.

    6. Cuando no sea necesaria la designación de coordinador, las funciones que se le atribuyen en los párrafos anteriores serán asumidas por la dirección facultativa.

    En relación con los puestos de trabajo en la obra, el plan de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere este artículo constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación y, en su caso, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva a las que se refiere el capítulo II del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

    7. podrá ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, pero siempre con la aprobación expresa en los términos del apartado

    2. Quienes intervengan en la ejecución de la obra, y los representantes de los trabajadores, podrán presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. A tal efecto, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de los mismos. Asimismo, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de la dirección facultativa.

    La oficina como organo interno también y su aplicación 486/1997 ver guía.

    En derecho se habla de la extensión del cerebro o facultad de dirección de la empresa.

    #235223 Agradecimientos: 0
    Puchara
    Participante
    0
    septiembre 2004


    Querido Compañero, efectivamente tienes un lío mental, estamos hablando de dos cosas totalmente distintas: El Plan de Seguridad y Salud y Plan de Prevención. El primero se confeciona en base a un Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud (R.D. 1627), el cual no contempla la evaluación de los riesgos, es decir, la estimación de los riesgos (probabilidad y consecuencia) y el segundo si que está compuesto por una Evaluación de Riesgos (Oficinas y Obras), Planificación de la Actividad Preventiva, Formación de los Trabajadores, Vigilancia de la Salud, etc…..

    #235224 Agradecimientos: 0
    J.M
    Participante
    0
    agosto 2004


    hola amigo en primer lugar de donde eres, en los distintos paises son diferente sistema, reglamentos, normas y leyes en el fondo es lo mismo pero con distintos numeros.

    hace un V.E.P dame tu correo y te lo envio chao suerte-

    #235225 Agradecimientos: 0
    annyka
    Participante
    0
    marzo 2002


    Hola.

    Es distinto, las evaluaciones de riesgos son para centros de trabajo, y los planes de seguridad son para cada obra.

    Tienes que tener claro que el PSS, lleva una evaluación de riesgos implicita, se evaluan las unidades de obra, la maquinaria, los medios auxiliares, etc…todo lo que conlleva riesgo de incidente durante la ejecución de los trabajos en la obra.

    Espero haberte ayudado.

    #235226 Agradecimientos: 0
    Chema35
    Participante
    0
    septiembre 2003


    A ver… si que teneis lio. Intentaré aclararlo.

    Obra: Rd 1627/97 la evaluacion de riesgo de la obra es el plan de seguridad y salud. Tal cual.

    Actividad de las empresas (UTE): Ley 31/95 LPRL –construccion. Evaluacion de riesgos de la actividad relacionada con la construccion en la que se engloban:

    1. Plan de Prevencion de la Ute ( Politica preventiva, caracteristicas, organigrama, funciones…)

    2. Evaluacion de los lugares de trabajo fisicos de la actividad: Oficinas, almacen… ( en el caso que solo tengan solo estos locales ) y lugar generico de actividad con las recomendaciones generales de actuacion.

    3. Evaluaicon de los puestos de trabajo que se incluyen en la construccion ( segun las fases de obra, intervienen mas o menos puestos de trabajo.

    4. Evaluacion de instalaciones, productos quimicos, materias primas.

    5. Recomendaciones practicas en el uso de medios auxiliares, maquinas y herramientas.

    Todos estos puntos se relacionan en lo que se llama vulgarmente “EVALUACION DE RIESGOS DE UNA EMPRESA DE CONSTRUCCION.

    CONCLUSION: Se evalua la actividad de Construccion ya que por norma la obra ya es evaluada Con la elaboracion del plan de seguridad y salud.

    #235227 Agradecimientos: 0
    cabana
    Participante
    0
    marzo 2003


    Efectivamente, debes realizar el Plan de PRL de tu empresa y no solo incluir la evaluacion de riesgos sino tambien la planificacion de la actividad preventiva.

    El plan de seguridad y salud es solo para una obra concreta.

    O al menos asi deberia ser.

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