Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #31937 Agradecimientos: 0
    Cipriano Algor
    Participante
    0
    octubre 2004


    Buenos días:

    El deber de confidencialidad no se extinge con la muerte del paciente en la legislación española, tengo entendido, por otra parte dicho deber vincula única y exclusivamente al paciente y a su médico sin interesar a terceras personas sean familiares o no, ya que no existe la tutela una vez alcanzada la mayoría de edad si no la dicta un juez. Esta es la pregunta: ¿Debo permitir que la viuda de un trabajador obtenga copia del último reconocimiento médico de su marido? La señora lo solicita porque se lo pide la compañía con la que tenia contratado un seguro de vida y no pagarán hasta no obtener dichos datos, es un caso en el que si protejo los datos desprotejo a la viuda lo que, humanamente, me parece inaceptable pero tampoco quiero de me puedan acusar de violación de secreto y algún malintencionado me deje sin trabajo (que de todo hay). Bueno a ver si Epicóndilo me responde algo por los viejos tiempos…

    #233175 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
    Participante
    0
    octubre 2003


    El artículo 18.4 de la Ley 41/2002 contempla el caso que tu propones. En último extremo, sería un juez el que autorizaría o denegaría la entrega de la historia clínica.

    Saludos

    #233176 Agradecimientos: 0
    Epicóndilo
    Participante
    0
    octubre 2003


    Buenos diasss…

    Me emociona grandemente que una compañía de seguros tenga en cuenta los informes de un reconocimiento laboral.

    Legalmente, podrías darle la información si te lo pidiera por medio de un juez.

    Podrías saltarte los trámites, bajo manga, entregándole un informe como si se lo hubieras entregado en su día. Pero eso no se puede.

    Un saludo,

    #233177 Agradecimientos: 0
    Ramon Muniesa Brito
    Participante
    0
    febrero 2014


    DALO BAJO MANGA, PERO ASEGURATE QUE EFECTIVAMENTE SEA PARA LO QUE DICEN , NO VAYAN A ENTABLAR CON ESOS DATOS UNA DEMANDA…..

    #233178 Agradecimientos: 0
    pelias174
    Participante
    0
    noviembre 2002


    Ufff…! Es un a buena pregunta sin duda alguna. Yo pienso que lo que debe hacer el médico es un informe de su estado de salud en general donde conste aquello que le pueda interesar a la viuda para cobrar el seguro pero sin adjuntar munca la Historia clinica del paciente.

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • El debate ‘ Confidencialidad’ está cerrado y no admite más respuestas.