Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #30780 Agradecimientos: 0
    sputnik78
    Participante
    0
    abril 2002


    Todos conocemos el artículo 22 de la ley de PRL, donde nos dice que los reconocimientos serán todos de caracter voluntario salvo informe de los representates de los trabajadores…… y legislación específica. Por otro lado oímos que existen sectores que no teniendo legislación específica existe la creencia general de que la vigilancia de la salud es obligada.

    Mi pregunta es la siguiente, ¿el en sector sanitario (enfermería, medicos, celadores, etc) tienen la obligación de pasar los reconocimientos médicos? ¿¿o por el contrario son voluntarios en este sector en concreto??

    Por favor si existe una legislación específica que lo aclare dicir cual.

    Muchas cracias.

    #228658 Agradecimientos: 0
    sanitario
    Participante
    0
    octubre 2004


    Hola, a mi modo de entender la legislación todos los trabajadores son eso, trabajadores, y por ello deben acatar toda las leyes que les obliguen, al igual que seguro que acatan los derechos que las mismas leyes les ofrecen. No creo que nadie rechace beneficios que puedan reportarle consecuencias agradables; esta idea es la que se debe dar, o intentar hacer ver a los trabajadores, que los reconocimientos son una medida para su propia seguridad y salud, no para desechar a los posibles candidatos.

    Con todo esto los trabajadores sanitarios son trabajadores como los demás por lo que deben someterse a lo que la ley les dicte. Otra cosa es que, como en mi caso, seamos trabajadores de la Admon. Sanitaria (Sacyl ern mi caso) y que en 4 años trabajando de forma interrumpida aún no nos hayan hecho un reconocimiento, pues se da el caso de que trabajadores como yo lo demandamos como un derecho nuestro, no como una obligación que debemos pasar. ¿Ves que se puede interpretar de dos formas totalmente contrarias?.

    Un saludo

    #228659 Agradecimientos: 0
    Cipriano Algor
    Participante
    0
    octubre 2004


    No existe esa legislación pero segun la LPRL queda claro que son obligatorios ya que el padecimiento de enfermedades infectocontagiosas (VHB, VHC, TBC, etc) por estos profesionales puede poner en peligro la salud y seguridad de terceros.

    #228660 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Nadie tiene obligación de pasar reconocimiento médico salvo: AQUELLOS TRABAJOS U OCUPACIONES EN LOS QUE EXISTA UN RIESGO EVIDENTE PARA LA SALUD DEL TRABAJADOR, BIEN A CORTO COMO A LARGO PLAZO (es decir, riesgo de accidente laboral como de enfermedad profesional). Evidentemente hay criterios de peligrosidad que peuden ser discutibles y, en ese caso, la intervención de asesoramiento por parte de la Inspección de Trabajo sería de un valor muy estimable.

    #228661 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Olvidaba decir que en el sector sanitario existen riesgos específicos, sobretodo dentro de los riesgos biológicos, que son considerados como de obligado cumplimiento en cuanto a la Vigilancia de la Salud Laboral, pero sólo esos riesgos, no precisamente un reconocimiento completo. En este sentido, ¡aviso para navegantes!, el VIH no puede ser chequeado sin el consentimiento expreso del trabajador, mientras que Hepatitis B (por ejemplo) no precisa este consentimiento… Eso es lo que hay, yo no hago más que dar una pista legal.

    #228662 Agradecimientos: 0
    Epicóndilo
    Participante
    0
    octubre 2003


    La Vigilancia de la Salud es obligatoria para todo el mundo, porque todos los trabajadores tenemos que cumplir nuestra parte de la prevención de riesgos laborales.

    ¿Qué es eso de que solamente vengan a los reconocimientos aquéllos a los que les parezca conveniente? Si fuera así, solamente vendrían los hipocondríacos de cada empresa, para que les hagamos análisis de sangre, que por cierto nada tienen que ver con los riesgos de su puesto de trabajo.

    Y, en mi opinión, el sector sanitario es aquél en el que se juntan más cantidad de riesgos de todo tipo, con posibles consecuencias muy graves: riesgo biológico, radiaciones de varios tipos, sobrecarga mental y osteomuscular…

    ¿Alguien olvida que los índices de absentismo de los hospitales públicos suelen andar por un 20%? Esto nos demuestra que el trabajo en un hospital es más peligroso que el de una central nuclear, o en una mina.

    ¿Qué normativa habla de esto? El Anexo I del Reglamento dice cuáles son los puestos de riesg muy elevado.

    La Ley General de Sanidad habla de que en los trabajos de mucho riesgo el reconocimiento debe ser antes de empezar a trabajar.

    El artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales dice que la Vigilancia de la Salud deberá hacerse de forma específica de acuerdo con los riesgos del puesto de trabajo. Que aquí son muchos.

    Un saludo,

    #228663 Agradecimientos: 0
    SAZY
    Participante
    0
    junio 2004


    Desde luego todo reconocimiento para empezar a trabajar (llamese inicial o previo) como sanitario debe realizar de forma obligatoria un reconocimiento medico segun el articulo 196 de la LGSS por la posibilidad que derive a enfermedad profesional. en cuanto a los reconocimientos periódicos tienes un protocolo oficial (la ley te remite a los conocimientos cientificos existentes) que habla de la obligación de al menos Serología en los reconocimientos a personal que pratique PIPES (procedimiento invasivos predisponentes a exposición sanguínea) y la repercusión que puede tener en el reconocimiento de una posible enfermedad profesional cuando exista un accidente con riesgos biológicos).

    Un saludo

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • El debate ‘ ¿¿¿vigilancia de la salud obligatoría en el sector sanitario???’ está cerrado y no admite más respuestas.