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  • #26153 Agradecimientos: 0
    bonal
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    mayo 2002


    me gustaría saber que habría que aplicar a estos edificios desde que se anulo el rd 786/2001 hasta qe se ha hecho de nuevo el reglamento de instaciones idustriales el 2267/ 2004, y por otro lado donde se regula lo del numero de salidas de emergencia en este tipo de establecimientos gracias

    #212196 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    Nada, pues aplicar el RD 2267, ya que el anterior ha sido anulado. En cuanto a lo segundo, mira el Anexo II punto 6.

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