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  • #34417 Agradecimientos: 0
    Penteo
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    febrero 2003


    Hola a todos! Quisiera que me hicierais una aclaración. Sabeis si la apertura del centro de trabajo debe estar firmada por el gerente de la empresa?? Si la firmo yo, asumo algun tipo de responsabilidad (soy el técnico de prevención de la empresa)? Yo entiendo que la apertura del centro de trabajo únicamente es un trámito administrativo de comunicación de que en un determinado lugar y una fecha se van a comenzar unos trabajos. ¿Que opinais vosotros?

    Gracias a todos.

    #241995 Agradecimientos: 0
    cordobespreven
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    diciembre 2001


    La debe de firmar el personal autorizado para los tramites administrativos de la empresa, por lo tanto suele hacerlo el gerente y con el sello de la empresa

    #241996 Agradecimientos: 0
    BHOMAR
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    noviembre 2001


    La apertura de un centro de trabajo debe ir firmada por el gerente de la empresa. Ademas los trámites administrativos no están entre las competencias de untécnico de prevención de riesgos laborales.

    #241997 Agradecimientos: 0
    jj-duplex
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    abril 2003


    La debe firmar algún responsable legal del centro de trabajo o persona delegada con vinculación a éste.

    Creo que no pasaría nada si lo firmaras tú, porque la apertura del centro de trabajo solo sirve para dar comunicación a al Autoridad Laboral.

    #241998 Agradecimientos: 0
    pentobuko
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    agosto 2004


    Siempre hago que la firme el gerente

    #241999 Agradecimientos: 0
    pentobuko
    Participante
    0
    agosto 2004


    Ya he descubierto quien ma ha “robado” el apodo (Penteo)

    #242000 Agradecimientos: 0
    PrevenciónConstrucción
    Participante
    0
    julio 2004


    Sellado y firmado por el dueño de la empresa.

    #242001 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    La Comunicación de Apertura de Centro de Trabajo la hace el Empresario. El Empresario autoriza a determinadas personas de la empresa a firmar determinados documentos. Por ejemplo, un Encargado de Obra puede firmar el recibí de un material en Obra o la adqusición de material (hasta un importe determinado), el Jeje de Personal las nóminas, etc…Así que si le autoriza a usted para firmar ese documento no hay ninguna pega, ni creo que responsabilidad alguna, a no ser que haya algún vicio oculto en la forma de proceder y se demuestre, por ejemplo, que diga que en la obra va a haber una media de 5 trabajadores al día y desde el primer día hay 30,…

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