Se rige lo mismo que en mi empresa de disolventes e hidrocarburos en general y similares, polvo seco y yo ademas recomiendo carteles de prohibicion de agua y mangueras ya que su uso esta contraindicado. No obstante he leido e incluso tecnicos de la administracion me han aconsejado´´o intentado obligar a mangueras hidrantes ó similares y su uso por logica esta desaconsejado solo personal muy especializado puede refrigerar depositos sin llama viva para evitar que alcancen temperaturas de uto ignicion ó desprendan vapores.
La antigua (si no ha salido otra) normativa de almacenamiento de disolventes prohibe punto de ignicion motor de arranque accionamento electrico etc.. a menos de 1,5m (si no recuerdo mal) de cualquier deposito de combustible y segun eso todos los vehiculos estarian contra norma y no podrian almacenarse en un garage pero bueno eso es otra cuestion.