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  • #20045 Agradecimientos: 0
    gattaca
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    diciembre 2004


    ¿Alguien sabe si está permitido hacer fotografias en la obra a un trabajador que incumpla con las medidas de seguridad?.¿Tiene el coordinador derecho a realizar la fotografia?Gracias anticipadas

    #182189 Agradecimientos: 0
    BlanFi
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    mayo 2006


    me parece una pregunta muy interesante pero creo que si tienes el permiso de la propiedad, sí.
    la verdad yo las he hecho y nunca me han dicho nada pero es q nunca he tenido la necesidad de llevarlas a un juez. con enseñárselas al trabajador fue suficiente para que fuese más prudente en adelante.

    #182190 Agradecimientos: 0
    gattaca
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    diciembre 2004


    El problema en este caso es que es el trabajador el que se negaba a que se le hiciese una foto argumentando que eso está prohibido y la verdad es que yo no lo se.

    #182191 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
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    agosto 2005

    Iniciado

    O sea que no saben hacer su trabajo en condiciones normales de seguridad y si sabe que hacer fotos está prohibido.

    Pues tu contestale que en la directiva europea X, en el artículo Y, dice que para salvaguardar la seguridad de los trabajadores se presentarán las pruebas gráficas que sean necesarias como apercibimiento ….

    Le sueltas un rollo de estos tan seriamente y seguro que ni rechista.

    #182192 Agradecimientos: 0
    gattaca
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    diciembre 2004


    Es una sugerencia interesante gracias.La foto se la he hecho y se la ha comido pero me gustaria saber si existe reglamentación al respecto para argumentarsela no al garrulo del trabajador sino a su superior y recurso preventivo.Gracias

    #182193 Agradecimientos: 0
    vacamo
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    abril 2004

    Iniciado

    Espero que te pille el “garrulo” del trabajador, imprima la foto, la enrolle en forma de rulo y te la meta poco a poco por el orto (culo); Que es lo minimo que te mereces 1º por violar el derecho a la intimidad sin permiso y 2ºpor que si la unica prevencion que sabes hacer, es fotos y sanciones, lo tuyo es ser guardia civil de trafico, el del radar concretamente; no la salud laboral… liiiiiiiiiiisto

    #182194 Agradecimientos: 0
    gattaca
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    diciembre 2004


    A mi si que me gustaria que te lo encontrases tu en una obra listillo a ver si con tus buenas palabras conseguias que se pusiese las epis minimas y de paso que se matase despues y te cayera un puro del quince tanto como para inhabilitarte como coordinador aunque supongo que tu solo debes de ser un prevencionista que no pisa la obra nada mas que con tu check list y ahi te quedas con el problema ¿verdad que no me equivoco?.

    #182195 Agradecimientos: 0
    berbo
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    agosto 2004


    Ni derecho de propiedad ni nada que se parezca, cualquier documento que “delate” la imprudencia temeraria o no del trabajador, será una prueba testimonial, lo mismo que cualquier fotografía que se haga de una instalación, equipo o máquina.
    No olvidemos que los responsables de los trabajadores, llevan tras de sí una responsabilidad “penal”, que les acecha como la “Espada de Damocles” ante determinadas barbaridades que se cometen….
    Por tanto, yo al menos sugiero que siempre será un “atenuante” para dichos responsables, ante el juez de turno, cualquier documento que refleje tales hechos.
    Pero claro, no basta con eso, hay que adjuntar a dichas fotografías, las advertencias y posibles amonestaciones efectuadas al trabajador reincidente. Nunca será poco lo que se aporte.

    #182196 Agradecimientos: 0
    BlanFi
    Participante
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    mayo 2006


    al fin y al cabo es una falta lo que está cometiendo. Si desde tu casa gravas con una cámara como roba un ladrón dentro de una tienda no creo q t metan en la cárcel.es más la policía usará tu cinta como prueba.
    sigo defendiendo la fotografía

    #182197 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
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    agosto 2005

    Iniciado

    Mira que si te demanda el ladrón por gravarlo como roba.

    A partir de ahora cuando la guardia civil te saque una foto con el radar les dices que están violando el derecho a la intimidad y que no pueden multarte.

    Ah! y prueba a hacerles eso del orto a ellos, a ver qué piensan.

    Lo dicho, con garrulos como los que hay por las obras, esos métodos y más son pocos.

    #182198 Agradecimientos: 0
    Dirtec
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    abril 2006


    Por supuesto que puedes.
    Es la única forma de demostrar las imprudencias de los trabajadores.

    #182199 Agradecimientos: 0
    gattaca
    Participante
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    diciembre 2004


    Os agradezco vuestro apoyo y comprensión.Lo que me parece mentira es que el tal Vacamo=imbecil este dentro de este foro.

    #182200 Agradecimientos: 0
    donus
    Participante
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    septiembre 2005


    Increible!!!!!!!!!!!!!!!!!!!¿CÓMO NO VOY A PODER HACER FOTOS EN MI PROPIA CASA? Si soy la propiedad hago las fotos que quiera y al que no le guste pues que no entre allí, o sea, que trabaje en otro lado. No creo que haga falta irse a ninguna normativa, ni ley, ni nada, es puro sentido común, ah! y yo soy técnico en un SPA, no hay que estar a pie de tajo para entender la situación, desde luego que yo, al garrulo, al encargado y al recurso preventivo se lo explicaría así, no es tan difícil de entender, y a ver quien se mete por donde el qué.
    Tú sigue haciendo fotos que es a lo que te podrás agarrar, todos sabemos que las palabras se las lleva el viento y tú te juegas demasiado como para andar dejando cabos sueltos. Mucho ánimo!

    #182201 Agradecimientos: 0
    vacamo
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    abril 2004

    Iniciado

    ¿En arquitectura solamente te enseñan lo de imbecil? Cada vez esta peor el sistema educativo; vas a ser tu el chico de los derribos el que decida quien puede estar dentro del foro o no? No eres un poquito atrevido diciendo que hago mi trabajo con un checklist? Yo no puedo opinar de lo que tu haces no le se pero por lo que pones me lo imagino, prepotente… y no te digo de que trabajo por que con come mierdas como tu no pierdo mas el tiempo; ya nos vemos en otras preguntas del foro … au

    #182202 Agradecimientos: 0
    1eguti
    Participante
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    julio 2005


    Las fotografías son en muchas de las ocasiones pruebas que demuestran el cumplimiento de las medidas de seguridad que se adoptan en los centros de trabajo. No veo porque no se puedan utilizar como evidencia del no cumplimiento. Claro está que el empleador pudiera fundar inclusive el despido del trabajador porque éste no cumple con sus obligaciones.

    Legalmente el empleador es el resposable de que en las empresas se cuente con las condiciones de seguridad y de capacitar a los trabajadores a realizar sus actividaes adoptando medidas y siguiendo procedimientos seguros de trabajo, asi como de constatar que los cumplan. La fotografía es buen elemento para poner en evidencia ante otros trabajadores al que no cumple, para amonestarlo, para analizar los riesgos, entre otros.

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